El 30 de abril fue el último día para que las personas físicas presentaran su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y quienes no lo hicieron recibirán muy probablemente una sanción por parte de la autoridad. Se trata de multas que son acumulables.
Además de las sanciones, el fisco tiene la autoridad para bloquear o cancelar los sellos fiscales como una medida para evitar que el contribuyente emita facturas.
Los contribuyentes que no cumplieron con el trámite para presentar ante el fisco su reporte anual de gastos e ingresos enfrentarán sanciones que van desde los 1,400 hasta los 28,490 pesos, según sea el caso. Adicionalmente, el SAT considera la información faltante de cada contribuyente y el régimen fiscal al que está inscrito.
Los contribuyentes deudores también se hacen acreedores a una mala calificación ante el buró de crédito y con ello limitan su acceso a créditos bancarios.
Por no presentar las declaraciones, además de las multas, el fisco va a tipificar a los contribuyentes como incumplidos para monitorearlos y cada año fiscalizarlos más en comparación con los cumplidos
dijo Ariana Martínez, integrante de la comisión fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México.
Para evitar multas, los contribuyentes deben conocer el régimen bajo el que están registrados ante el SAT y así pueden saber a qué obligaciones fiscales están sujetos, ya que en algunos casos tendrán que reportar impuestos por ISR o IVA.
Las multas por cada una de las obligaciones fiscales no declaradas dentro del plazo correspondiente van de 1,400 a 17,370 pesos, es decir, la multa es acumulable por cada una de las inconsistencias que detecte el SAT.
En caso de que la autoridad envíe un requerimiento y la declaración se presente después del plazo establecido en el mismo, las multas van desde los 1,400 hasta los 34,730 pesos.
Los contribuyentes obligados a presentar su declaración anual por vía directa a través de internet, que es todo el padrón del SAT, y que lo hagan fuera de tiempo o no declaren recibirán sanciones de 4,260 a 14,230 pesos.
Por presentar medios electrónicos que contengan declaraciones incompletas, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones oficiales, la multa va entre los 14,230 y los 28,490 pesos.
El SAT ha elevado sus esfuerzos para reducir el monto de las deudas de los contribuyentes y durante los dos primeros meses de este año por cobranza de adeudos fiscales recaudó 4,579 millones de pesos.
Durante 2018, la recaudación por recuperación de la cartera fue de 62,808 millones de pesos, que representa un incremento de 46% en términos reales con relación a 2017.
Saldar las deudas
El fisco ha implementado diferentes opciones para que los contribuyentes finiquiten el pago de una sanción, en caso de que tengan un adeudo o crédito fiscal.
Entre estas medidas, los contribuyentes pueden solicitar la condonación de entre 20 y hasta 100% de las multas que recibieron, para lo cual deben cumplir con algunos requisitos.
En caso de una condonación del monto total de una multa, los adeudos por recargos que esta generó pueden pagarse a tasa preferencial. En otros casos, la autoridad permite pagos de hasta 36 mensualidades para finiquitar los adeudos o en un pago único dentro de los 12 meses siguientes a la solicitud.
Para tener acceso a estas opciones, es necesario que los contribuyentes acudan a las oficinas del SAT con una carta en donde expongan los motivos para solicitar la condonación o el pago en mensualidades. El documento debe tener el RFC del contribuyente, domicilio fiscal, correo electrónico y firma del solicitante.
El SAT entregará una respuesta a su solicitud y si es positiva, el contribuyente recibirá los Formatos de Contribuciones Federales para realizar los pagos correspondientes.
Este no es un procedimiento sencillo, porque hay que presentar un escrito fundado en las disposiciones fiscales, por ello es recomendable elaborarlo con la asesoría de un especialista contable.
Para el SAT es sencillo saber quién incumple con una obligación y eso nos lleva a que, como contribuyentes debemos ser mas cuidadosos y analizar de forma cotidiana nuestra información fiscal para relacionarla con la que tiene el SAT y así evitar pagar multas y recargos
dijo Jorge Ayax Cabello, auditor del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.