Fin de año: ahorra en tu afore y deduce impuestos en la declaración anual ante el SAT
Se acerca Año Nuevo y con él, una nueva oportunidad para ahorrar para el retiro. Además de incrementar los recursos disponibles para la vejez, estos ahorros también representan una oportunidad para generar beneficios a través de la declaración anual de impuestos.
Los trabajadores que poseen una cuenta individual en alguna de las administradoras de fondos de ahorro para el retiro (afore) realizan aportaciones periódicas establecidas por ley. Estas aportaciones son complementadas por una cantidad igual por parte de los empleadores y, en menor medida, por el gobierno.
Pero, además, es posible realizar aportaciones voluntarias que no cuentan con monto mínimo ni periodicidad fija, explicó Gerardo Chavarría, gerente de iniciativas de negocios de Afore SURA.
Estas aportaciones contribuyen activamente a lograr un mejor retiro, y además, permiten aprovecha beneficios fiscales diseñados para incentivar el hábito del ahorro y la inversión
dijo.
Dichos beneficios fiscales son posibles de obtener a través de deducciones de impuestos al momento de realizar la Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en abril de cada año.

El camino para deducir el ahorro voluntario
Con cada aportación voluntaria que realizan los trabajadores, las afores generan una constancia de ahorro voluntario que se encuentra respaldada por una factura electrónica.
Esta factura es reconocida de manera automática por el SAT, lo que permite disminuir la base gravable y, por ende, un menor pago de impuesto conforme a lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Claro que estas deducciones tienen algunas restricciones. Por ejemplo, el monto a deducir bajo este concepto no puede exceder el 10% de los ingresos anuales del trabajador, o cinco veces el valor de la (Unidad de Medida y Actualización) UMA anualizada.
Además, solo las aportaciones complementarias de retiro y las aportaciones con perspectiva de largo plazo son deducibles. Este tipo de aportaciones son aquellas que deben permanecer en la cuenta de los trabajadores hasta cumplir los 65 años.
En caso de ser retirados antes de ese periodo, estas aportaciones recibirán una penalización fiscal al cumplir con el periodo de permanencia, de acuerdo con SURA.
Dado que la declaración anual se presenta en abril, el cierre de año es una excelente oportunidad para anticipar estrategias, aprovechar los incentivos fiscales y convertir el ahorro en un hábito que asegure mayor tranquilidad en el futuro
añadió Chavarría.
Las deducciones por ahorro voluntario también son una forma de incentivar una mayor aportación del ahorro para el retiro entre los trabajadores.
Al cierre de noviembre, de los más de 8.2 billones de pesos administrados por las afores, solo 3.8% correspondieron a ahorro voluntario y solidario, de acuerdo con datos de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).
(Esto) evidencia el gran reto que aún existe para impulsar su adopción. Cada aportación adicional fortalece la pensión futura y contribuye a una mejor organización financiera a nivel personal
dijo Chavarría.
¿Quiénes pueden deducir sus ahorros voluntarios para el retiro?
Quienes pueden llevar a cabo estas deducciones a través de su declaración anual son aquellas personas físicas que se encuentran registradas en regímenes fiscales específicos.
Entre ellos están quienes perciben sueldos y salarios, quienes deben cumplir con esta obligación si trabajaron para dos o más patrones de forma simultánea durante el año. También si su relación laboral concluyó antes del 31 de diciembre de 2025, si obtuvieron ingresos del extranjero o si el total de sus percepciones anuales superó los 400,000 pesos, indicó Afore SURA.
También deben presentar declaración aquellos contribuyentes que obtuvieron ingresos por concepto de indemnizaciones o jubilaciones, así como quienes perciben ingresos distintos a salarios.
En este último grupo se incluyen actividades como la prestación de servicios, el arrendamiento de inmuebles, la enajenación o adquisición de bienes, los servicios profesionales y las actividades empresariales, independientemente del monto obtenido.
Adicionalmente, están obligadas a declarar las personas físicas que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (resico), así como quienes obtuvieron ingresos por intereses o dividendos. En este caso, la declaración es obligatoria cuando la suma de los ingresos por sueldos, salarios e intereses supera los 400,000 pesos anuales y siempre que los intereses reales sean mayores a 100,000 pesos.
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