El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEFPJ) declaró la invalidez del proceso de revocación de mandato debido a que el ejercicio no logró el 40% de los votos del electorado para que fuera vinculante, tal como lo establece la Constitución mexicana. 

Los magistrados del máximo tribunal electoral desecharon las impugnaciones presentadas por Presidencia, el Partido del Trabajo y el priista Ulises Ruíz, las cuales declararon como improcedentes debido a que el ejercicio de participación democrática no tiene validez jurídica.

Los integrantes del Tribunal aprobaron el proyecto elaborado por el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, donde se declara improcedente la petición de contar la votación recibida en diversas casillas y anular la votación recibida en otras.

El INE informó que en la consulta de revocación de mandato celebrado el pasado 10 de abril sólo 17.77% de los integrantes de la lista nominal participó en el ejercicio electoral.

En total, se emitieron 16 millones 502, 636 votos, los cuales resultaron insuficientes para que la consulta fuera vinculante.

Ven malas prácticas

Durante la sesión, los magistrados reclamaron las malas prácticas y las diversas violaciones a la Constitución durante el proceso de revocación.

En ese sentido, el Pleno del Tribunal Electoral aprobó dar vista a las instancias correspondientes para que investiguen, deslinden responsabilidades o, en su caso, sancionen posibles delitos electorales cometidos por servidores públicos o ciudadanos durante la jornada de revocación.

A la sesión acudieron el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar, el secretario de Gobernación, Adán Augusto López y el presidente del Instituto Nacional Electoral, Lorenzo Córdova.

Durante su exposición, el magistrado presidente del Tribunal Electoral celebró que la jornada electoral realizada el pasado 10 de abril marca un capítulo en la vida política y democrática del país, aunque deja una serie de retos y temas que se deben seguir trabajando.

Rodriguez Mondragón precisó que con la organización de ese ejercicio democrático se demostró la capacidad que gozan las instituciones electorales del Estado para organizar este tipo de procesos de participación ciudadana, así como resolver las controversias de forma pacífica.

Reveló que durante el proceso, el Tribunal resolvió 6,646 demandas vinculadas con diversas controversias por este ejercicio a través de 266 sentencias, las cuales se resolvieron en un promedio de dos días.

Un acto fallido de la democracia: magistrada Otálora

Durante la discusión del proyecto, la magistrada Janine Otálora acusó que la participación de funcionarios públicos en el proceso así como las denuncias por diversas actividades ilícitas ocasionaron que la consulta de Revocación de Mandato se convirtió en un “acto fallido de la democracia”.

Refirió que pese a no haberse declarado la validez jurídica del ejercicio, los actos ilegales que ocurrieron no pueden quedar sin sanción.

“Si bien hay que reconocer que este proceso ha sido un acto fallido de democracia por responsabilidad de los actores políticos, la invalidez de éste no puede tener como consecuencia que las personas que cometieron las irregularidades y realizaron actos que constituyen malas prácticas queden impunes”, aseveró.

A su vez, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña hizo un recuento de las irregularidades durante la consulta de revocación, tales como la publicación tardía de la ley, así como las modificaciones en el Congreso de la Unión para modificar el concepto de “propaganda”.

“No se puede hacer patria, sin que primero se haga justicia y para hacer justicia se necesita respetar las leyes, más allá de su imperfección, más allá de que la sanción no conste expresamente en la norma”, acusó. 

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