El Senado de la República recibió este martes la solicitud del presidente Andrés Manuel López Obrador sobre la realización de una consulta popular para enjuiciar a los últimos cinco expresidentes de México.

La solicitud que entregó Julio Scherer, consejero jurídico de Presidencia, fue recibida por Ricardo Monreal, coordinador de la bancada de Morena en el Senado.

“Cuando la solicitud de Consulta Popular la hace el ejecutivo federal, su titular, el Senado de la República como cámara de origen debe de turnarla, enviarla de inmediato al Poder Judicial Federal, particularmente, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, explicó Ricardo Monreal.

Así, el legislador entregó el documento a Eduardo Ramírez, presidente del Senado. Después de su revisión, se turnará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual será la dependencia que -a partir de un análisis- validará o no la constitucionalidad de la pregunta que formuló el mandatario para la consulta popular.

¿Están de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procediemientos aplicables, investigue, y en su caso sancione, la presunta comisión de delitos de los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, antes durante o después de sus respectivas funciones?

La SCJN, que dirige Arturo Saldívar, cuenta con 20 días hábiles a partir de la recepción de la solicitud para resolver el status de la pregunta y del ejercicio democrático mismo. Una vez cumplido el plazo, tiene solo veinticuatro horas para notificar a la cámara de origen, en este caso la de Senadores, para que continúe con el procedimiento.

“Si la Corte declara la constitucionalidad de la consulta popular y la pregunta, el Senado publicará la resolución en la Gaceta Parlamentaria y turnará la petición a la Comisión de Gobernación para su análisis y dictamen”, detalló el senador morenista.

En caso de ser validado el proyecto de participación democrática, necesita la mayoría general de ambas cámaras para que el Congreso expida la convocatoria para la consulta mediante un decreto.

Posteriormente, se notificará al Instituto Nacional Electoral (INE), quien validará el proceso siempre y cuando ciudadanos hayan recabado un millón 800 mil firmas, requisito  mínimo para fundamentar la propuesta de la consulta.