El martes pasado se publicó en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo que permite a gobiernos estatales y entidades privadas participar en la compra y venta de las vacunas contra COVID-19 en México.

El acuerdo establece que esta posibilidad es extraordinaria. Así, gobiernos de las entidades federativas en su calidad de autoridades sanitarias, así como las personas físicas y morales de los sectores social y privado, integrantes del Sistema Nacional de Salud, colaborarán con la Secretaría de Salud en la implementación de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2 para la prevención del COVID-19.

Las condiciones impuestas desde el gobierno federal son:

  • Presentar los contratos que suscriban con las farmacéuticas autorizadas en México, para la adquisición de vacunas
  • Informar la cantidad de dosis de vacunas adquiridas y las aplicadas a la población en general. Deberán integrar datos desagregados conforme a la Política Nacional de Vacunación
  • Seguirán el calendario delineado por el gobierno federal establecidos en la citada Política Nacional de Vacunación
  • Cumplir con medidas de prevención y control conforme a los criterios que emita la Secretaría de Salud
  • Garantizar la seguridad del proceso de vacunación a su cargo e informar a la Secretaría de Salud sobre su seguimiento. El periodo de estos informes aún no se establece.

Este acuerdo es válido desde el 22 de enero pasado, fecha en que el presidente Andrés Manuel López Obrador ordenó su publicación para acelerar el proceso de vacunación en México.

“He dado instrucciones (…) para que hoy mismo se emita un comunicado estableciendo que cualquier empresa o gobierno local que quiera adquirir vacunas para aplicarlas en México tiene autorización”, dijo el mandatario.

La aprobación se da luego de un repunte grave que deja dos semanas de registros de nuevos récords en contagios y muertes asociadas con COVID-19.

También se publicó en el DOF, como medida extraordinaria, que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) otorgue a solicitantes el registro sanitario para producir distribuir oxígeno de uso medicinal, en un plazo menor al establecido en las distintas disposiciones administrativas que lo mencionan.