Es constitucional consulta popular para enjuiciar a expresidentes
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La Suprema Corte declara constitucional la consulta popular para enjuiciar a expresidentes

La Suprema Corte declara constitucional la consulta popular para enjuiciar a expresidentes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, con seis votos a favor y cinco votos en contra, declaró como constitucional la consulta popular mediante la cual se decidirá si los expresidentes serán enjuiciados por presuntos delitos cometidos antes, durante y después de su gestión.

Los votos en torno a la constitucionalidad de la consulta:

  • Luis María Aguilar Morales: en contra
  • Yasmín Esquivel Mossa: a favor
  • José Fernando Franco González: en contra
  • Juan Luiz González Alcántara: a favor
  • Javier Laynez Potisek: en contra
  • Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena: a favor
  • Jorge Mario Pardo Rebolledo: en contra
  • Alberto Pérez Daydán: a favor
  • Norma Lucía Piña Hernández: en contra
  • Ana Margarita Ríos Farjat: a favor
  • Arturo Zaldívar Lelo de Larrea: a favor

Sin embargo, resaltaron este jueves de que se trata de una consulta no vinculante, porque el Gobierno de México debe obedecer a sus obligaciones legales.

“El espíritu de la consulta es dar cauce, sin intermediarios, a la opinión pública(…) Debemos ser cuidadosos, no nos corresponde ser una puerta cerrada, sino el puente que permita la participación ciudadana” dijo Arturo Zaldivar, Ministro Presidente de la SCJN.

Zaldivar señaló además que, por su propia naturaleza, la consulta no puede ser vinculante para todas las autoridades competentes, y explicó que cumple un papel político de primer orden al abrir el terreno para la opinión pública. Además, destacó que este tipo de consultas ya se han realizado con éxito en otros países.

El proyecto presentado a la Corte por el magistrado Luis María Aguilar consideró inconstitucional la consulta y advirtió que se ponen en riesgo los derechos de las víctimas de los presuntos crímenes objeto de la consulta, al tiempo que se violentan los derechos de los acusados. Además, agregaron que una consulta puede eliminar la presunción de inocencia, lo que representa una violación a los derechos humanos.

También explicó que una consulta vinculante limitaría el accionar de las autoridades competentes. Aclararon que la decisión no significa que los expresidentes no deban atravesar un proceso legal, sino simplemente que una consulta no debería ser parte de este proceso.

Algunos analistas en Twitter criticaron que Zaldivar votara primero y no último, como suele hacerlo. Sin embargo, Santiago Arroyo, abogado experto en el sector, indicó que lo preocupante no es el orden de la votación, sino los términos absolutos en los que se planteó la pregunta para la votación.

Los magistrados también discutieron cambios a la redacción de la pregunta, que podría resultar tendenciosa y comprometer la respuesta de los consultados. Se decidió eliminar los nombres de los expresidentes, así como la mención de “las autoridades competentes”, debido a la naturaleza no vinculante de la consulta.

La pregunta original era:  Si el pueblo decide juzgar a los expresidentes, las instituciones tendrán un enorme respaldo para realizar esa tarea, si el pueblo rechaza la propuesta, nadie podrá acusar a las instituciones de encubrir o solapar conductas ilegales.

Y ahora quedó:

¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes con apego al marco constitucional, legal para aprenderán proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las probables víctimas?

 

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