Los infiltrados del SAT
Los infiltrados del SAT

Los infiltrados del SAT

Chivatos, soplones, delatores, acusadores, sapos, espías, denunciantes anónimos, rajones, correvediles, gargantas profundas o, con mayor elegancia, whistleblowers.

Llámelos cómo guste pero el gobierno de la cuarta transformación tiene perfectamente claro que el combate a la corrupción, o su muy particular interpretación de ello, tiene como elemento esencial la coadyuvancia de la ciudadanía y eso no tiene manera de ser criticado. Prácticamente en todos los modelos de combate a la corrupción se tiene a la figura del whistleblower que no es sino una persona que, protegida desde el anonimato, puede aportar a las autoridades información y documentación que permita investigar, acusar y llegado el caso, castigar actos de corrupción y/o de cualquier otro delito.

Aunque desde siempre la administración pública federal ha contado con la posibilidad de que cualquier persona, incluidos los funcionarios públicos, denuncien posibles actos de corrupción esto no necesariamente se tradujo en investigaciones, sino que en algunos casos se llegaron a inventar cargos en contra de personas que se atrevieron a realizar denuncias públicas. ¿Cómo olvidar el caso que me compartió un maestro respecto de un funcionario público quien, después de denunciar a sus jefes, fue detenido por policías (previa siembra de evidencia) en la calle por traer un celular robado?

Para cualquier persona que haya repasado las lecturas más esenciales en materia anticorrupción resulta claro que se necesita tener un canal de denuncias anónimas que garantice que la denuncia será recibida, procesada y que la identidad del denunciante quedará debidamente resguardada.

Así las cosas, fue la Secretaría de la Función Pública (SFP) quien en septiembre de 20019 inició formalmente el programa de “Ciudadanos alertadores internos y externos de la corrupción” y ahora, en enero de 2020, se une a esta campaña el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con una herramienta para denunciar la emisión de “facturas falsas” (que de falsas no tienen mucho) por medio de la cual pretenden que aquellas personas que tengan conocimiento de que una empresa o persona está emitiendo y/o adquiriendo facturas a cargo de contribuyentes que no pueden demostrar que realmente prestaron los servicios o que vendieron los productos amparados por esas facturas, adviertan de ello a las autoridades.

Ahora bien, aunque apenas el SAT comenzó una campaña de publicidad por medio de redes sociales, este programa fue parte de los cambios fiscales para 2020 creándose la figura de “tercero colaborador fiscal” adicionando al Código Fiscal de la Federación el artículo 69-B Ter. Suena atractivo, pero ¿qué obtendrán a cambio los denunciantes?

Técnicamente, nada. Ya solo podría llegar a obtener premios de los sorteos de lotería fiscal del SAT, igual que el caso de los sorteos de “El buen fin”.

Los infiltrados del SAT, tan promocionados por el Procurador Fiscal de la Federación en una de sus muchas apariciones en medios, deberán acceder a una aplicación alojada en la siguiente página web habilitada por el SAT: https://aplicacionesc.mat.sat.gob.mx/sat.gob.mx.age.sipreqd.internet/QdTc/inicio.aspx#no-back-button

Una vez adentro, el denunciante, o colaborador, o patriota deberá completar un formulario que incluirá su nombre, su correo, los datos de la persona o empresa que supuestamente realice operaciones inexistentes y explicar detalladamente (sus palabras, no las mías) el esquema de operación.

No, el SAT no está obligando a los contribuyentes a hacer su chamba, pero al parecer tampoco tuvo un acercamiento con la SFP para revisar su programa ya que está última incluso implementó un sistema TOR que garantiza el tan necesario anonimato.

No, esto no necesariamente se convertiría en una herramienta para joder al vecino ya que el SAT no solo colocó el candado de solicitar al denunciante que describa el modo, el tiempo y el lugar de los hechos sino que condiciona al denunciante a incluir la información soporte la cual deberá:

  1. Haber sido obtenida de manera lícita.
  2. Debe ser suficiente para acreditar, directa o indirectamente, que el contribuyente denunciado no cuenta con la infraestructura, maquinaria, personal e implementos necesarios para realizar sus actividades.

Estas tres etapas claramente no solo contrastan con un marco mucho más robusto a cargo de la SFP sino que rayan en el absurdo:

¿Cómo va un denunciante a obtener información fiscal de un tercero de “manera lícita” si no debió ser parte de la expedición, adquisición o enajenación de facturas que amparen operaciones inexistentes?

¿Cómo va un denunciante a explicar un complejo entramado de operaciones financieras y fiscales?

¿Cómo va un denunciante a acreditar (por adelantado) los elementos del tipo penal de modo, tiempo y lugar de los hechos?

No pocos empresarios me han preguntado si esto, en un momento en el que la crispación política está a todo lo que da, no podría traer consecuencias. Supongamos que un empleado enojado o con ideas políticas extremistas decide hacer mal uso de este programa ¿estarían en riesgo?

Mi respuesta ha sido “no”; en el entendido, claro está, de que no hayan comprado “facturas falsas” o que no tengan riesgos relacionados con la materialidad de los servicios, entre otros factores.

-Un error en la contabilidad cualquiera lo tiene ¿podemos quedarnos tranquilos, abogado?

Sí, el programa tiene los candados suficientes como para evitar una cacería de brujas con cargo a las denuncias falsas. Vamos, si ese empleado enojado quiere hacerle pasar un mal rato y llevarse una recompensa, deberá mejor enfilarse hacía la Fiscalía General de la República con el riesgo correspondiente. Por estas razones, los empresarios y profesionistas pueden estar tranquilos, será más sencillo tener un problema con el SAT por la información contenida en una declaración informativa con terceros que por una de estas denuncias.

¿Se imagina usted ser el o la CEO de una empresa farmacéutica y escupir su café al escuchar el nombre de la empresa que dirige al ser acusada de ser “corrupta”?

Sea como sea, con infiltrados, minería de datos y auditorías del SAT, con investigaciones y bloqueo de cuentas bancarias desde la Unidad de Inteligencia Financiera, con carpetas de investigación a cargo de la Fiscalía General de la República, pesquisas desde de la Secretaria de la Función Pública o con investigaciones periodísticas, ninguna empresa está a salvo de una acusación que podría destruir carreras, reputación, patrimonios y todas esas maravillosas cosas que damos por hecho.

El empresariado mexicano debe entender que el hacer negocios “a la brava” es cosa del pasado.

*Salvador Mejía es licenciado en Derecho por la UNAM. Cuenta con estudios de especialización en México y Estados Unidos en Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo, Anticorrupción, Gobierno Corporativo así como en Inteligencia y Contrainteligencia

Este texto es un blog de opinión. Su contenido es responsabilidad del autor y no representa necesariamente la postura de EL CEO.

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