SAT acude a la Central de Abasto para explicar la Carta Porte

SAT acude a la Central de Abasto para explicar la Carta Porte

El personal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) acudió a la Central de Abasto de la Ciudad de México para informar a los transportistas que el uso de complemento Carta Porte no es necesario cuando transporten bienes o mercancías con su vehículo dentro de su ciudad o localidad. 

La Carta Porte o pasaporte de mercancías como se le conoce, contendrá un complemento en la factura que pasará de ser de papel a digital con información detallada del chofer, placas y el tipo de productos transportados, para evitar el contrabando y el robo.

Con esto, el documento estará asociado a lo que es un QR en el cual se podrá ver toda la información necesaria para la trazabilidad de los bienes o mercancías y así garantizar su legalidad.

 Lo anterior significa que si algún chofer de bicicleta, motocicleta o automóvil entrega mercancía dentro de su localidad, no necesita el complemento Carta Porte. Tampoco será necesario para camionetas y grúas de carga ligera que transiten por vías locales.

¿Qué es Carta Porte?

El concepto de Carta Porte se estableció en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal desde el 22 de diciembre de 1993. 

En 2004 se reafirmó el uso del Carta Porte en el Código de Comercio. Sin embargo, desde ese momento hasta la actualidad, era en papel, el cual podía ser usado varias veces para distintos fletes, facilitando el contrabando. 

¿Por qué usar el complemento Carta Porte? 

Pasa de ser un documento en papel a uno electrónico que: 

  • Registra información del transportista, del dueño de la mercancía, de los bienes o mercancías, del medio y modo de transporte. 
  • Permite a las autoridades competentes identificar de manera más fácil a los operadores, así como los medios de transporte a través de los cuales se realiza el traslado de los bienes o mercancías en territorio nacional.
  • Sirve para acreditar la legal estancia o tenencia de los bienes o mercancías que se trasladan en territorio nacional.
  • Se emite cuando se realiza el servicio de traslado de los bienes o mercancías, ya sea con medios propios o contratando un transportista. 
  • El único cambio para el año 2022 es que el complemento Carta Porte será digital. 

 

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