El gobierno de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) publicó el decreto de expropiación de la planta de hidrógeno ubicada en Tula, Hidalgo, esto después de varios litigios por parte de la empresa Air Liquade para saber las razones de la decisión de la autoridad federal.

De acuerdo con la Secretaría de Energía, a través del Diario Oficial de la Federación se hizo saber que la expropiación incluye un terreno de 6,451.78 metros cuadrados (m²) en el interior de la refinería Miguel Hidalgo, así como los bienes e instalaciones dentro de la planta.

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Fotoarte: Fernando Ramírez

El documento incluye la orden de que la subsidiaria de Petróleos Mexicanos  (Pemex) ocupe de “manera definitiva y de inmediata” la prestación de los servicios que efectuaba este complejo de Air Liquade, compañía francesa dedicada al tratamiento de gases industriales.

La empresa petrolera mexicana también debe cubrir el monto de la indemnización, esto bajo los términos de la Ley de Expropiación.

“Debe pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho, de conformidad con el avalúo que emitió el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales”, se lee en el documento publicado este 18 de abril.

Pemex Industrial también debe inscribir el decreto de expropiación en el Registro Público de la Propiedad Federal y en el Registro de la Propiedad estatal que corresponda.

¿Cuáles son las razones que argumenta el gobierno de AMLO para expropiar?

La expropiación obedece a que la demanda de hidrógeno cada día es mayor porque se usa para reducir el contenido de azufre en los productos petrolíferos, como gasolinas, intermedios, diésel y de gasóleos, de acuerdo con el decreto.

En razón del cuidado del medio ambiente, se debe incrementar el uso del hidrógeno; “de ahí, la necesidad de contar en el proceso productivo de Pemex con la disponibilidad directa e inmediata” de este gas.

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¿Qué puede hacer Air Liquade?

Dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de este decreto, la empresa puede acudir al procedimiento judicial a que se refiere el artículo 11 de la Ley de Expropiación.

El gobierno federal asegura que únicamente puede controvertir el monto de la indemnización.

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