El Salvador condiciona a América Móvil la compra del 99.3% de Telefónica
El Salvador condiciona a América Móvil la compra del 99.3% de Telefónica

El Salvador condiciona a América Móvil la compra del 99.3% de Telefónica

América Móvil fue notificada de una resolución emitida por el Consejo Directivo de la Superintendencia de Competencia (SC) de El Salvador, que condicionó la autorización para que la empresa adquiera el 99.3% de Telefónica Movistar en aquel país al cumplimiento de ciertas condiciones materiales

La empresa controlada por Carlos Slim se encuentra analizando dicha resolución, por lo que más adelante informará respecto de las acciones que, en su caso, se tomen en relación con dicha resolución, señaló en un comunicado enviado a la Bolsa Mexicana de Valores.

América Móvil es propietaria de la marca Claro, quien busca comprar el capital accionario de Telefónica Móviles El Salvador y de Telefónica Multiservicios (Movistar), actualmente propiedad de Telefónica Centroamérica Inversiones.

Si Claro cumple con las condiciones, podrá ejecutar la compra, de lo contrario se entenderá por denegada. El cumplimiento de las condiciones impuesta por la SC es necesario para que la concentración se lleve a cabo y permitir que la competencia pueda ser mantenida efectivamente en el sector

detalla el portal de la Superintendencia de Competencia de El Salvador

De acuerdo con el análisis técnico, jurídico y económico realizado, la autoridad de competencia advirtió que la adquisición produciría limitaciones a la competencia en los mercados de telefonía móvil, fija y servicios de conectividad empresarial.

Por ello, el Consejo Directivo de dicha autoridad decidió imponer un conjunto de condiciones para remediar los daños, que incluyen medidas de ejecución previa al cierre de la transacción (ex ante) y una serie de obligaciones posteriores (ex post), con el fin de contrarrestar dichas limitaciones.

Las condiciones

Entre las condiciones previas a la concentración se encuentra que, Claro ‘debe renunciar de manera pura, simple e irrevocable’ ante la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) al derecho de explotación.

Por un lado, de 25 MHz de espectro radioeléctrico con cobertura nacional en la banda de 850 MHz y, por otro, de 30 MHz de espectro radioeléctrico con cobertura nacional en la banda de 1900 MHz, actualmente bajo titularidad de Telefónica Móviles El Salvador, S.A. de C.V.

Para ello, América Móvil  deberá presentar un “Proyecto de renuncia de espectro radioeléctrico” para evaluación y aprobación del Consejo Directivo y de la SIGET y aceptar la obligación de no participar en el proceso de adjudicación de las bandas devueltas, debiendo remitir al CDSC certificación de esta, extendida por la SIGET.

La autoridad de competencia explicó que, una vez presentada la certificación, se tendrá por cumplida la condición y se podrá proceder la compra de Telefónica. Sin embargo, si América Móvil no cumple la condición, la operación propuesta se tendrá por denegada.

Las obligaciones de Claro

Claro tienen obligaciones que deberá cumplir después de autorizada la concentración, entre ellas:

1. Mantener durante 7 años, contados a partir del día siguiente de la fecha de realización de la operación, todas las estrategias de comercialización desarrolladas por Movistar y por Claro.

Lo anterior, no limita la posibilidad de que Claro pueda mejorar los precios, características y condiciones a favor de sus usuarios. Adicionalmente, deben incorporar en sus plataformas web información completa de todas sus ofertas comerciales disponibles, incluyendo aquellas que habrá de mantener como consecuencia de esta condición.

2. Suspender en todos los contratos (pospago o corporativo) de usuarios de Claro y Movistar vigentes a la fecha de la realización de la operación, cualquier tipo de cláusula que penalice la terminación anticipada de tales contratos, con el fin de que aquellos usuarios que deseen rescindirlos puedan hacerlo.

3. Publicar información suficiente acerca de la operación que se realiza, y particularmente, toda aquella información necesaria para que los clientes que deseen dar por terminados sus contratos puedan hacerlo.

4. Por un período de 7 años a partir de la fecha en que se ejecute la concentración, si llegase a ingresar un nuevo competidor, América Móvil (y sus sociedades) estará obligada a prestar servicios de roaming nacional al nuevo entrante por un periodo de tres años, prorrogables por tres años más.

Esta condición es establecida por el Consejo Directivo con el objetivo de reducir sustancialmente las barreras de entrada a un nuevo competidor.

La tarea de la SIGET

La SIGET debe poner a subasta el espectro radioeléctrico al cual renunciará Telefónica Móviles El Salvador, con el objeto de promover la competencia en este sector.

Únicamente en el caso que esto no resulte viable podrá ser asignado al participante con menor cantidad de espectro al momento de la resolución.

Asimismo, las bases del procedimiento de asignación deberán ser presentadas a la Superintendencia de Competencia para su análisis y aprobación del Consejo Directivo.

Las acciones de América Móvil avanzan 0.7% a mediodía en la Bolsa Mexicana de Valores.

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