Bolsa Mexicana de Valores (BMV) anunció que las empresas que decidan listarse por la metodología simplificada —con base en la reforma a la Ley del Mercado de Valores— no deberán pagar cuota de inscripción ante la institución. De igual modo, explicaron que cobrarán el 50% del arancel de mantenimiento una vez que inicie el segundo año de los valores listados. 

Una empresa nueva que llega a la bolsa no le cobramos cuota del listado y la cuota de mantenimiento por el año 2 tendrá un descuento del 50%. Lo que estamos buscando hacer es romper ese paradigma, romper esa idea de que la bolsa puede ser costosa

dijo Juan Manuel Olivo, director de Promoción y Emisoras de la BMV. 

Olivo precisó que esta facilidad se dará a aquellas compañías que cuenten con un capital contable igual o menor a 1,000 millones de pesos (mdp). Además, agregó que al simplificar los trámites y acelerar los procesos con este nuevo método, las compañías también ahorran costos implícitos en los tiempos de espera.

De acuerdo con documentos de la institución bursátil, la cuota de listado mínima aplicable para compañías que cotizan valores es de 46,000 pesos; se calcula bajo la tasa del 0.00672% del capital contable y está topada en 1.36 millones de pesos. En tanto que el arancel de mantenimiento es del 0.0048% del capital, con un mínimo de 76,000 pesos y tope de 1.99 mdp. 

Casas de bolsa no tendrán responsabilidad en procesos: BMV

La directora jurídica de la BMV, Clementina Ramírez, explicó que las casas de bolsa no asumirán responsabilidad sobre la veracidad o cumplimiento de las compañías que ayuden a listar con la modalidad simplificada. Esto debido a que la carga se deposita en cada emisora.

Las casas de bolsa no tienen responsabilidad respecto de la solvencia y bondad de los valores que se emitan

explicó la ejecutiva. 

En el régimen simplificado, los intermediarios bursátiles serán los encargados de organizar los expedientes para la incorporación de acciones o deuda en las bolsas de valores. Posteriormente, harán llegar dichos documentos —ya sea a la BMV o a la Bolsa Institucional de Valores (BIVA)— y, posteriormente, se enviará una opinión de cumplimiento que, en caso de ser positiva, culminaría con el listado de los valores. 

Anteriormente, se requería la intervención de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para autorizar el ingreso de acciones o deuda. Según Ramírez, el regulador continuará vigilando y, en caso de inconsistencias o faltas repetitivas, podría requerir la cancelación de los valores. 

Subsidiarias de empresas listadas podrán entrar al régimen simplificado

En conferencia, ambos especialistas aclararon que las subsidiarias de empresas ya listadas podrán acceder al financiamiento simplificado en la BMV. Esto a pesar de que el nuevo sistema se reserva sólo para compañías que no han emitido ningún valor al mercado bursátil nacional. 

De igual modo, se precisó que las inversiones de este tipo de emisoras únicamente serán accesibles para inversionistas calificados e institucionales. Es decir, el público en general o retail no podrá comprar capital social.

BMV también extendió un compromiso para resolver las revisiones de expedientes en plazos menores, que serán de tres a ocho días dependiendo de tipo de valor a listar.

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