La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó en el Diario Oficial de la Federación los estímulos fiscales a los que podrán acceder quienes desarrollen actividades económicas en los polos de desarrollo del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (CIIT).
La dependencia mencionó que otorgará un crédito fiscal acreditable contra el monto del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el cual equivaldrá al 100% de dicho impuesto durante tres ejercicios fiscales.
Durante los siguientes tres ejercicios fiscales, será del equivalente al 50% del ISR, pero puede elevarse a 90% si superan los niveles mínimos de empleo bajo ciertos lineamientos.
Esto aplicará a personas físicas y morales que residan en México o en el extranjero con establecimiento permanente en el país y que tributen en los términos del Título II, del Título IV, Capítulo II, Sección I, o del Título VII, Capítulo XII, de la Ley del ISR y que obtengan ingresos provenientes de actividades económicas productivas realizadas al interior de los polos de desarrollo.
Además, durante seis ejercicios fiscales, estos contribuyentes pueden efectuar la deducción inmediata del 100% del monto original de la inversión de bienes nuevos de activo fijo que utilicen en los polos para realizar sus actividades económicas productivas.
Esta deducción inmediata de inversiones podrá aplicarse en el ejercicio fiscal en el que inicien su utilización o, en su defecto, en el siguiente.
Los ejercicios fiscales que contempla Hacienda serán contabilizados a partir de que los contribuyentes reciban una constancia de cumplimiento de requisitos:
- Estar al corriente del cumplimiento de obligaciones fiscales.
- Tener un título de concesión vigente o ser propietario de alguna superficie en los polos de desarrollo.
- Presentar, en su caso, el proyecto de inversión por el que se les entregó la concesión.
- Tener el domicilio fiscal en el polo de desarrollo donde se realizan las actividades económicas productivas.
Para mantener los beneficios, quienes los reciban deberán presentar avances en el proyecto de inversión y cumplir los niveles mínimos de empleo que determine Hacienda, según el proyecto y la actividad económica que desarrollen.
En tanto, Hacienda deberá publicar en su página de internet, y actualizar en enero y julio de cada año, el listado de contribuyentes con constancia.
Beneficios en IVA
Otro estímulo consiste en un crédito fiscal equivalente al 100% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que deba pagarse por la enajenación de bienes, prestación de servicios independientes o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
Dicho estímulo aplica durante cuatro años contados a partir de la entrada en vigor del decreto a los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas en los polos de desarrollo y que enajenen bienes, presten servicios independientes u otorguen el uso o goce temporal de bienes a dentro de su mismo polo o en otros.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) será el encargado de emitir las disposiciones para el control de la salida, entrada y traslado de los bienes y operaciones, mediante reglas de carácter general.
La Secretaría de Economía había adelantado los beneficios fiscales que otorgaría Hacienda a principios de mayo, durante el anuncio de la licitación de los parques industriales que formarán parte del CIIT.
Raquel Buenrostro, titular de la dependencia, explicó que en una primera etapa se licitarán seis de los 10 polos: cuatro en Veracruz (Coatzacoalcos I y II, Texistepec y San Juan Evangelista) y dos en Oaxaca (Salina Cruz y San Blas Atempa).
El proyecto considera 11 vocaciones industriales alineadas a la política industrial y con potencial de crecimiento: eléctrica electrónica, semiconductores, automotriz, dispositivos médicos, farmacéutica, agroindustria, equipo de generación y distribución de energía eléctrica, maquinaria y equipo, tecnologías de la información y comunicación, metales y petroquímica.
El lunes pasado, el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo que en 15 días se daría a conocer la convocatoria para la licitación de la primera fase.