El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que brindará facilidades a las personas que deseen tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), quienes deberán presentar un Aviso de actualización de actividades económicas a más tardar el próximo 31 de enero.
Asimismo, el organismo aclaró que quienes contribuyan en dicho régimen quedarán relevados de presentar la declaración anual por los ingresos correspondientes y sólo deberán realizar pagos mensuales.
¿Quiénes podrán volver a contribuir en RESICO?
De acuerdo con el SAT, las personas físicas cuyas obligaciones fiscales fueron actualizadas por la autoridad tributaria a un régimen distinto, y cuyos ingresos del año anterior no superaron los 3.5 millones de pesos, tendrán la opción de volver a contribuir en el RESICO a partir de este año.
Asimismo, la institución ampliará los beneficios de este régimen permitiendo a personas físicas dedicadas a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, tributar en RESICO.
Para esto sirve el RESICO, del SAT
El SAT también destacó la funcionalidad y objetivo del RESICO, que es facilitar el pago del impuesto sobre la renta (ISR), ofreciendo los siguientes beneficios:
- Cálculo automático de impuestos.
- Facilidades administrativas.
- Tasas mínimas del ISR
El SAT mencionó que su compromiso es el de simplificar trámites y servicios a los contribuyentes, así como de ofrecer facilidades para fortalecer el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones fiscales.
El SAT informa sobre las facilidades disponibles en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Las personas que desean volver a contribuir en dicho régimen, deben presentar un Aviso de actualización de actividades económicas a más tardar el 31 de enero de… pic.twitter.com/J5XtcNUEBx
— SATMX (@SATMX) January 22, 2025
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