Abril es el mes para cumplir con las obligaciones fiscales. Las personas físicas tienen hasta el último día de este mes para presentar su declaración de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2018.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) estima que recibirá 6.9 millones de declaraciones de personas físicas, 6.5% más que el año pasado.

Para realizar el trámite, el contribuyente debe conocer la información sobre sus ingresos, deducciones personales y retenciones patronales, datos que debe verificar en la página del SAT.

Lo más viable es hacer un plan de trabajo con los datos que tenemos para que cuando vayamos a los aplicativos del SAT confirmemos que la información es la misma. Es aquí en donde se presentan las inconsistencias más comunes, como el registro erróneo de las deducciones por parte de los patrones, y es cuando se tienen que hacer aclaraciones con la autoridad fiscal

dijo Miguel Mena Bustamante, integrante de la comisión fiscal 3 del Colegio de Contadores Públicos de México.

¿Quién la presenta?

Entre las personas físicas que deben presentar la declaración anual se encuentran los trabajadores con actividad empresarial, quienes se emplean por honorarios, rentan un inmueble, reciben intereses por una inversión, asalariados que tuvieron más de un patrón y recibieron ingresos superiores a 400,000 pesos, a quienes se les pagó una indemnización laboral como jubilación, pensión o liquidación y las personas que dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre.

Deducciones

En primer lugar, deben identificar bajó cuál de los anteriores esquemas presentarán la declaración para conocer las deducciones a las que tienen derecho y así solicitar –según sea el caso- una compensación, devolución de saldo a favor o conocer el monto de adeudo ante el fisco por un cargo fiscal.

Los contribuyentes registrados ante el SAT como personas físicas con actividad empresarial pueden hacer deducciones del ISR de las materias primas o herramientas necesarias para desarrollar su trabajo. Por ejemplo, una empresa que produce muebles puede hacer deducibles los gastos por madera y materiales como tela y piel.

El universo de personas físicas que resta solo puede deducir la parte de ISR correspondiente a la contratación de servicios médicos y de educación de concubinos, padres, abuelos, hijos o nietos, siempre y cuando el pago se realice con tarjeta de débito o crédito, trasferencia electrónica o cheque.

En los primeros cuatro días del proceso de declaración por parte de personas físicas, el SAT recibió un millón de declaraciones y devolvió 3 millones de pesos, luego de que 92% de los contribuyentes aceptaron la propuesta de devolución automática que se hace con la declaración prellenada.

La devolución automática

Desde hace algunos años, el SAT estableció un sistema para facilitar a los contribuyentes la presentación de la declaración anual y así elevar los montos de recaudación.

Esta herramienta, conocida como devolución automática, presenta a los contribuyentes una propuesta de devolución de acuerdo con los datos que se obtienen a través de los CFDIs (Comprobante Fiscal Digital por Internet), con los que el fisco registra ingresos y deducciones de los contribuyentes.

Para presentar la declaración anual por esta vía, el contribuyente debe tener a la mano su RFC, la contraseña para acceder al sistema y su firma electrónica en caso de que el monto de saldo a favor sea mayor a 10,000 pesos.

A partir de este año, los contribuyentes con saldo a favor entre 10,000 y 50,000 pesos que mantengan sin cambios la cuenta clabe bancaria podrán solicitar su devolución con el RFC y la contraseña de acceso al fisco.

Hay una suposición errónea que hacemos los contribuyentes. Pensamos que la información precargada ya está aprobada por el SAT y no es así. En algunos casos las devoluciones y compensaciones se rechazan porque los datos no son correctos, por ello es importante que el contribuyente cuente con toda su información fiscal para hacer una declaración

dijo Jorge Ayax Cabello, auditor del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).

Mecanismos de defensa

El fisco cuenta con un mínimo de cinco y un máximo de 30 días para hacer el pago de la devolución a los contribuyentes; sin embargo, durante ese periodo puede detectar alguna inconsistencia, como datos erróneos o deducciones con pagos en efectivo.

En estos casos, el SAT puede aprobar un pago parcial o negar la devolución del saldo a favor, pero tiene la obligación de informar cuáles son los errores para que el contribuyente presente una aclaración o una declaración complementaria.

Si el fisco decide no hacer la devolución aunque las personas físicas presenten los documentos que acreditan sus ingresos y deducciones, el siguiente paso es acudir ante la Procuraduría de Defensa del Contribuyente (Prodecon), en donde recibirá orientación sobre los procesos a los que tiene acceso para exigir la devolución por el pago de sus impuestos.

Durante 2018, la Prodecon promovió 9,797 medios de defensa, de esa cifra 7,237 fueron por el pago del saldo a favor de ISR, 1,267 de IVA y 1,293 por pagos indebidos, negativas de devolución de IEPS, entre otros.