Clientes de outsourcing deberán tener cuidado si quieren seguir con la deducción de la subcontratación
Clientes de outsourcing deberán tener cuidado si quieren seguir con la deducción de la subcontratación

Clientes de outsourcing deberán tener cuidado si quieren seguir con la deducción de la subcontratación

Los contribuyentes que contratan a las empresas con actividades de subcontratación de personal, es decir, los llamados outsourcing, deberán de ser cuidadosos si quieren seguir con la acreditación y deducción de sus impuestos por nómina.

La semana pasada entró en vigor la primera modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2019 que, entre otras modificaciones, derogó las reglas que obligaban a los contribuyentes que tuvieran actividades de subcontratación de personal a subir su información a través del aplicativo de la página web del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Esto lo que representa es para el cliente del outosourcing porque tiene que estar pidiéndole (al outsourcing) que le entregue la información por papel o medio digital la comprobación de que realmente le está pagando bien la nómina y que está enterando bien sus impuestos

comentó Rodrigo Ramírez Venegas, presidente de la Comisión Fiscal 3 del Colegio de Contadores Públicos de México.

En 2017 con las modificaciones a la Ley del ISR y la Ley del IVA, quienes contrataran los servicios de empresas de outsourcing quedaron obligados de pedirle copia del CFDI del pago de salarios con acuses de recibo, declaración del entero de retenciones del ISR, comprobante de pago de cuotas al IMSS, porcentaje del tiempo del trabajador, así como copia de la declaración del IVA trasladado al contratante.

Para esto, desde inicios de 2018 el SAT implementó un aplicativo en su portal de internet.

Por lo que si el contratante del outsourcing quiere que los gastos por subcontratación sigan como deducciones autorizadas, deberá obtener del contratista la copia de la misma información que obtenía del aplicativo, ya sea en papel o vía digital.

Adicionalmente, el contratista deberá informar al SAT la cantidad de IVA que le trasladó en forma específica a cada uno de sus clientes, así como el que pagó en la declaración mensual respectiva, de acuerdo con la firma de soluciones fiscales ContadorMx.

“Se puede suponer que el aplicativo del SAT tuvo intermitencias o problemas con la consulta de la información por parte del contratante, por lo que se dio prorroga para que los contribuyentes pudieran visualizar lo que el contratista aprobaba”, dice ContadorMx.

En este sentido, Rodríguez Venegas comentó que no todos usaban la plataforma del SAT y la autoridad no obtenía la información que esperaba.

No obstante, los outsourcing y sus clientes no deberán bajar la guardia ya que algunos legisladores quieren ir por un reforma a esta figura de subcontratación de personal.

Hay iniciativas para hacer una reforma integral a la Ley Federal del Trabajo junto con temas de prevención de lavado de dinero, de tema penal y ISR e IVA, en lo cual lo que estarían buscando  es que fuera más integral entre las cuatro referente a la cuestión del outsourcing

dijo Rodrigo Ramírez.

back to top