El pasado 30 de mayo venció el tiempo límite para que las empresas –o personas morales– realicen el reparto de utilidades a sus empleados. Se trata de una prestación laboral que la mayoría de los empleados deben recibir, con base en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
El reparto de utilidades consiste en brindar a los empleados una parte de las ganancias de la empresa. Estas se deben dar a quienes trabajaron durante el año fiscal anterior, pero ciertas compañías no lo realizan. En este caso, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social tiene herramientas para apoyar a los trabajadores.
En caso de no recibir el reparto de utilidades antes de la fecha límite, es necesario hacer un reclamo ante este organismo. Esto debe ser antes de que transcurra un año después del incumplimiento del pago. Además, se puede realizar en el supuesto de recibir utilidades, pero de forma incompleta o recortada.
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¿Cómo se exige el reparto de utilidades?
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) brinda orientación gratuita a todas las personas que no hayan recibido correctamente el reparto de utilidades. Para esto, hay que ponerse en contacto a través de sus medios oficiales, los cuales son números telefónicos y correos electrónicos. Y, también, están disponibles en 48 oficinas en todo el país.
Cuando un patrón no cumpla con el reparto de utilidades, podrá ser impuesto con multas. Las sanciones por no realizar esta prestación laboral van de las 250 a las 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT). En este caso, el organismo indicará a los empleados cómo proceder.
Los centros de trabajo que no paguen el #RepartodeUtilidades podrían ser acreedores a una multa de 250 a 5000 UMA´s.
No hay justificación para no repartir utilidades si la empresa generó ganancias.@PROFEDET te asesora de forma gratuita.
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— STPS México (@STPS_mx) May 30, 2023
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Hay trabajadores que no deben recibir utilidades
Es necesario tomar en cuenta que ciertas personas no deben recibir reparto de utilidades, de conformidad con los artículos 126 y 127 de la LFT. Según la ley, estos empleados no son acreedores a esta prestación laboral:
- Directivos, administradores y gerentes
- Trabajadores del hogar
- Cualquier persona que trabaje por honorarios o servicios profesionales
- Empleados de empresas con utilidades menores a 300,000 pesos
- Quienes laboraron menos de 60 días en el año fiscal 2022
- Trabajadores de empresas con menos de un año de funcionamiento
- Empleados de instituciones públicas o sin fines de lucro
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¿Cómo saber si la empresa generó utilidades?
La falta de ganancias es un argumento común entre las compañías para no realizar el reparto de utilidades. Sin embargo, el SAT y la LFT establecen que las empresas deben entregar una copia de la Declaración Anual del ejercicio 2022 a los representantes de los trabajadores. Y, con ello, se podrá ver de primera mano las ganancias obtenidas.
Los patrones deben entregar la copia de su declaración hasta 10 días después de haberla presentado. Esto debe incluir las declaraciones complementarias y posibles anexos que se generen del cumplimiento de esa obligación. Se pueden presentar a través de medios digitales, como el correo electrónico.