La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó suspender el decreto que permite a los servidores públicos promover la consulta de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador.
La semana pasada, el TEPJF afirmó que el decreto no tendrá vigencia para la consulta del próximo 10 de abril, debido a que no puede haber ningún cambio legal en materia electoral dentro de los 90 días previos al inicio del proceso.
Sin embargo, la ministra Yasmín Esquivel Mossa admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad presentada por PRI, PAN y PRD al decreto por el que se Interpreta el Alcance del Concepto de Propaganda Gubernamental.
Como parte de su sentencia, la ministra consideró que no es legalmente posible suspender los efectos de este acuerdo.
“No ha lugar a acordar de conformidad su solicitud, toda vez que la suspensión de las normas generales, sus efectos y/o consecuencias o el contenido de las disposiciones legales impugnadas en una acción de inconstitucionalidad, no se encuentra previsto en la ley reglamentaria de la materia”, expuso la ministra como parte del resolutivo.
De acuerdo con la acción de inconstitucionalidad presentada por los partidos, lo que buscaban impugnar es “el decreto por el que se interpreta el alcance del concepto de propaganda gubernamental, principio de imparcialidad y aplicación de sanciones contenidas en los artículos 449, numero 1, incisos b), c), d) y e) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 33, párrafos quinto, sexto y séptimo y 61 de la Ley Federal de Revocación de Mandato”.
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Niegan suspensión de diputados contra el INE
En tanto, el Pleno de la Suprema Corte también admitió a trámite una controversia constitucional que la Cámara de Diputados presentó contra el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE).
Los legisladores presentaron un recurso sobre el procedimiento especial sancionador UT/SCG/PE/PAN/CG/38/2022 en el que el PAN denunció publicaciones en redes sociales del presidente Andrés Manuel López Obrador a favor de la revocación de mandato.
La ministra Margarita Ríos Farjat admitió este recurso a trámite pero negó la suspensión solicitada por los Diputados y la petición de atender de manera prioritaria este asunto, por lo que seguirá vigente la orden de borrar las publicaciones sobre las actividades del presidente en Hermosillo y Cajeme, Sonora del 12 de febrero.
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