La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad las acciones de inconstitucionalidad en contra de la “Ley Bonilla”, que buscaba aumentar el periodo de Jaime Bonilla al frente del estado de Baja California de dos a cinco años, con lo que la reforma ha sido invalidada.

El ministro presidente Arturo Zaldívar consideró que los cambios realizados en Baja California vulneran el proceso democrático mismo, y lo tachó como “un uso de la constitución para violar la constitución”, y un “fraude post-electoral”.

El ministro Luis María Aguilar externó que prorrogar el periodo de mandato desde el poder implica impedir una verdadera contienda y se convierte en una reelección disfrazada para mantenerse en el ejercicio del cargo ignorando la voluntad del pueblo.

La ministro Ana Margarita Ríos Fajad resaltó que la norma local que establecía un periodo de gobierno estatal de dos años se mantuvo sin modificaciones previas a la elección, y que estaba blindada por un artículo que exigía que cualquier cambio ocurriera al menos 90 días antes de la elección, por lo que existe una certeza jurídica que debe ser protegida por la Suprema Corte.

Jorge Pardo, también ministro, explicó que aceptar cambios a la duración del mandato de los representantes posterior a la elección bajo el argumento de que el representante no ha asumido el cargo, implica permitir que se invalide la voluntad de los ciudadanos.

Las acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas por los partidos Acción Nacional, Movimiento Ciudadano, de la Revolución Democrática, Revolucionario Institucional y de Baja California, así como la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

“Los cambios a la ley en Baja California violentan los principios democráticos y la voluntad del pueblo de esa entidad, por lo que es un capítulo vergonzoso en la historia política del país”, expresó Clemente Castañeda, líder nacional de Movimiento Ciudadano, en un comunicado.

Algunos senadores de Acción Nacional también expresaron su descontento e incluso sugirieron que, de no detenerse la ley, podría ser el primer paso para abrir la puerta a la reelección.

La parte más álgida de la discusión fue sobre la habilidad de la CNDH para emitir este tipo de controversias. El ministro Alberto Pérez Dayán resaltó que las implicaciones de la Ley Bonilla son completamente electorales, y que existe un precedente que indica que la CNDH no tiene injerencia en ellos, por lo que su solicitud no debería proceder.

El ministro Juan Luis González Alcántara consideró que la Corte ya había otorgado en 2019 el derecho a la CNDH para establecer controversias, esto con un caso en el que se buscaba garantizar la participación política de comunidades indígenas en Hidalgo.

También en diciembre de 2019, el Congreso declaró como inconstitucional la Ley Bonilla, consideró el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), de acuerdo con Reforma.

El diario tuvo acceso a una opinión jurídica suscrita por los siete magistrados de la Sala Superior.

“El Decreto 351, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el diecisiete de octubre de dos mil diecinueve por el que se reforma el artículo Octavo Transitorio del Decreto 112 de la Constitución local, de once de septiembre de dos mil catorce, se aparta de la regularidad constitucional”, indicaron los magistrados en el documento enviado a la Suprema Corte, de acuerdo con Reforma.