SAT: Estos son los gastos que puedes deducir si eres asalariado
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SAT: Estos son los gastos que puedes deducir si eres asalariado

SAT: Estos son los gastos que puedes deducir si eres asalariado

Al realizar tu Declaración Anual 2022 hay ciertos gastos que pueden ayudarte a ‘descontar’ de tus impuestos. En caso de que seas asalariado, algunas de las inversiones que realizas pueden deducirse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre ellos, están las colegiaturas, gastos médicos y gastos funerarios.

Para poder deducir cualquier gasto ante el SAT, debes recordar que es necesario que hayas pedido tu factura. Este documento deberá tener el uso de CFDI correcto y contener tus datos fiscales actualizados pues, de lo contrario, no se podrá acreditar el gasto y no se generará el descuento correspondiente.

De igual forma, recuerda que tus deducciones no podrán exceder los 175,505 pesos, o bien, el 15% del total de tus ingresos, el monto que resulte más bajo.

Estos son los gastos que puedes deducir ante el SAT
(Fotoarte: Andrea Velázquez)

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Estos son los gastos que se pueden deducir ante el SAT como persona asalariada, según el portal oficial:

Gastos médicos

Los gastos médicos, dentales y demás relacionados con la salud pueden deducirse. El SAT explica que, para ello, es necesario que la factura haya sido emitida por una persona con título profesional legalmente expedido. Además, necesitas realizar el pago con cheque, transferencia o tarjetas que se encuentren a tu nombre.

Estos son algunos de los gastos médicos que pueden deducirse ante el SAT:

  • Consultas médicas y de dentistas.
  • Servicios de psicología y nutrición.
  • Gastos médicos y hospitalarios, incluyendo aquellos por incapacidad.
  • Medicinas por gastos hospitalarios, no incluyen las compradas en farmacias.
  • Análisis clínicos, estudio s de laboratorio y prótesis.
  • Compra o renta de aparatos de rehabilitación.
  • Honorarios a enfermeras.
  • Lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos.
Gastos médicos pueden ser deducidos ante el SAT
Fotografía: Pixabay

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Gastos funerarios

Los costos de servicios funerarios son deducibles hasta por 35,101.08 pesos, según la información del portal del SAT. Estos gastos deberán ser aquellos efectuados para tus familiares directos: pareja, padres, abuelos, hijos y nietos, siempre que esas personas no perciban ingresos.

El SAT especifica que no se pueden deducir los seguros funerarios o paquetes comprados a futuro, por lo que deben ser gastos efectuados y utilizados en el año fiscal. Además, tu factura no debe incluir gastos por cafetería o exhumación.

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Donativos

Los donativos no onerosos ni remunerativos, que des a instituciones autorizadas y a la federación, son deducibles de impuestos, explica el SAT. Para ello, puedes incorporar en tu declaración hasta el 7% de tus ingresos dados a donatarias y el 4% brindados al gobierno.

Para este rubro hay un registro oficial de las instituciones autorizadas a recibir donaciones, el cual se puede consultar en la página del SAT.

Donativos, entre los gastos a deducir
Las donaciones deben contar con una factura de respaldo. Fotografía: UANL

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Colegiaturas

Las colegiaturas son deducibles ante el SAT, siempre que no sean a nivel licenciatura o cualquier otro superior. De acuerdo con el organismo, estos son los topes máximos para descontar anualmente según el grado escolar:

  • Preescolar: 14,200
  • Primaria: 12,900
  • Profesional técnico: 17,100
  • Bachillerato: 24,500

Para esto, las escuelas deben tener reconocimiento oficial de validez. Además, necesitan ser gastos escolares tuyos, de tu pareja, tus hijos o tus padres. De igual forma, no podrán deducirse gastos por inscripción, reinscripción u otros similares. Y, como con otros gastos, deben pagarse con medios electrónicos, como tarjetas o transferencia.

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Aportaciones a la Afore

Las aportaciones complementarias de retiro y aportaciones voluntarias a directas para la subcuenta son deducibles, explica el SAT. Estas deben ser menores al 10% del total de tu ingreso anual acumulado. Y, además, deben ser destinadas exclusivamente al momento en que puedas pensionarte.

El organismo abunda que cada Afore emite una vez al año una factura, donde desglosa todas las aportaciones voluntarias que realizaste durante el periodo. De esta manera, podrás acreditar los movimientos ante hacienda.

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Primas de seguros de gastos médicos

Los gastos médicos son deducibles de impuestos. Para ello, deben ser complementarios o independientes a los servicios de salud públicos. Estos necesitan estar destinados para ti, tu pareja, ascendientes o descendientes en línea recta. El monto máximo que puedes deducir, junto con los otros motivos, es del 15% del total de tus ingresos.

En este rubro, no se pueden incluir seguros de vida ni de retiro, explica el SAT.

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Gastos de transporte escolar obligatorio

Si la escuela a la que asisten tus hijos, pareja o padres tiene el servicio de transporte escolar obligatorio, es posible deducirlo ante el SAT. El organismo aclara que debe incluirse el monto separado del resto de los gastos escolares y estar expresamente señalado en la factura.

Al igual que otros gastos, es necesario pagar con algún medio electrónico que esté a tu nombre para poder acreditar la transacción. En el caso de que la escuela no obligue al alumno a utilizar este servicio, no se puede deducir el cobro. De la misma forma, no se contemplan gastos para excursiones y eventos especiales.

Transporte escolar obligatorio es deducible ante el SAT
Fotografía: Unsplash

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Gastos de créditos hipotecarios

Puedes deducir los intereses reales devengados y pagados por los créditos hipotecarios que tengas destinados a casa-habitación. El requisito es que el crédito otorgado no sea mayor a 5.7 millones de pesos. En este monto no aplican recargos, seguros, intereses ordinarios, servicios financieros ni honorarios.

Para acreditar el gasto, el SAT te recuerda que la institución crediticia debe tener tu información actualizada. La factura que emita deberá tener correctamente señalado el monto de intereses nominales y contener la ubicación del inmueble que está hipotecado.

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Cuentas especiales y personales para el ahorro

El SAT explica que se pueden incluir depósitos en cuentas personales y especiales para el ahorro o seguros de jubilación o retiro. El monto de estos no deberá exceder los 152,000 pesos anuales.

Los requisitos para aplicar esta deducción son tener una constancia que señale expresamente el importe y tipo de depósito realizado. Además, debe incluir la leyenda “se constituye en términos del artículo 185 de la LISR”.

Cuentas para el retiro
Fotografía: iStock

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