Testigo protegido: figura jurídica que puede dejar en libertad a Emilio Lozoya
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Testigo protegido: figura jurídica que puede dejar en libertad a Emilio Lozoya

El exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya, será testigo colaborador de la Fiscalía General de la República (FGR), informó este martes el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador en conferencia matutina.

Esta situación abre la posibilidad de que el exdirectivo pueda quedar en libertad, de acuerdo con lo establecido en los procedimientos penales vigentes.

El primer mandatario dijo que Lozoya aportará información sobre supuestos sobornos recibidos por legisladores para aprobar la reforma energética, impulsada por el expresidente Enrique Peña Nieto.

“Se va a saber si para la aprobación de esa reforma hubo dinero de por medio (…) por eso es muy importante el que la fiscalía haya resuelto arreglar jurídicamente la extradición del señor Lozoya como testigo colaborador o como testigo protegido”, explicó López Obrador.

La FGR también busca aclarar presuntos actos de corrupción cometidos durante la gestión de Lozoya Austin al frente de Pemex con la constructora brasileña Odebrecht, señalada de pagar sobornos para obtener beneficios en diversos países de Latinoamérica.

Además, investigará si hubo sobreprecio en la compra de una planta de fertilizantes a Fertinal en 2016. Esta compra habría ocasionado pérdidas a la empresa productiva del Estado por más de 200 millones de dólares.

“Nosotros queremos recuperar dinero. Por ejemplo, si hubo un sobreprecio en la planta de fertilizante, se calcula que fue un sobreprecio de 200 millones de dólares, eso tiene que devolverse al erario”, declaró López Obrador.

La figura de testigo colaborador -o testigo protegido- se brinda a una persona que accede voluntariamente a prestar ayuda a las autoridades a través de testimonio y otros medios probatorios “para investigar, procesar o sentenciar a otros sujetos”, según la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal.

“Podrá ser testigo colaborador, aquella persona que haya sido o sea integrante de la delincuencia organizada, de una asociación delictiva, o que pueda ser beneficiario de un criterio de oportunidad”, dice la Ley.

Un criterio de oportunidad es un supuesto en el cual las autoridades judiciales deciden no ejercer la acción penal debido a que hacerlo reportaría un beneficio ínfimo, de acuerdo con una definición de la organización civil Proyecto Justicia.

La aplicación de un criterio de oportunidad, en el caso de Lozoya Austin, estaría sujeto a lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

El artículo 256 de dicho código establece que el criterio de oportunidad no aplica en los casos de delitos contra el libre desarrollo de la personalidad, de violencia familiar, fiscales “o aquellos que afecten gravemente el interés público”.

Sin embargo, el mismo artículo establece que el criterio de oportunidad en los delitos fiscales y financieros podrá ser aplicado a los casos en los que el beneficiario “aporte información esencial y eficaz para la persecución de un delito más grave del que se le imputa, y se comprometa a comparecer en juicio”.

Esto es cuando el acusado aporte información fidedigna que ayude a la investigación y persecución del beneficiario final del mismo delito, dice el Código.

Emilio Lozoya fue extraditado desde España el 17 de junio. Desde ese día se encuentra hospitalizado en un centro particular, debido a que se le detectó anemia durante la revisión médica que le practicó la FGR.

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