(Nota del editor: esta nota se actualizó con la aprobación en lo particular del Senado de la República a las 4:40 pm)
El Senado de la República aprobó en lo general y lo particular el dictamen por el que se reforman diversas leyes para poner mano dura a los esquemas de subcontratación laboral, con el que algunas empresas evaden obligaciones fiscales y de seguridad social.
Con 110 votos a favor, uno en contra y una abstención, los legisladores avalaron el dictamen que el lunes enviaron las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y Estudios Legislativos del Senado.
Una hora antes, la votación en lo general fue con 118 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones. Si bien se presentaron reservas de diferentes partidos, estos fueron desechados por la mayoría.
Los diputados y las diputadas que votaron a favor del dictamen calificaron esta reforma como un hecho “histórico” ante el consenso que se logró con el sector privado, sindicatos y el gobierno para mejorar las condiciones laborales de los mexicanos.
En esencia, los cambios propuestos en materia de subcontratación laboral reconocen y protegen los derechos laborales y de seguridad social de las personas y fortalecen tanto a la hacienda pública como a la economía. Es una reforma de justicia laboral para la clase trabajadora
expresó el senador morenista, Ricardo Monreal.
La reforma consistió en ocho cambios jurídicos en la Ley Federal del Trabajo, Ley de Seguridad Social, Ley del Infonavit, Código Fiscal de la Federación, la Ley del ISR e IVA, y la Ley Federal de los Trabajadores al Servido del Estado.
Entre los aspectos más relevantes de esta reforma:
Queda prohibida la subcontratación laboral, en el que las empresas ponen a disposición de un tercero a sus trabajadores para evadir responsabilidades fiscales y de seguridad social.
Se permite la subcontratación de servicios especializados o de actividades que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa.
La subcontratación de servicios especializados deberá formalizarse mediante contrato por escrito y contar con registro ante la Secretaría del Trabajo.
Para obtener el registro deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
Se multará a las empresas que se opongan a supervisarlas.
Los servicios de subcontratación deberán renovar su registro cada tres años, deberá ser público y estará disponible en un portal de internet.
El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años.
No se consideran deducciones fiscales los pagos o contraprestaciones por concepto de subcontratación de personal.
Se regula la subcontratación de servicios especializados distintos a las actividades económicas de las empresas, siempre y cuando se inscriban en el padrón público y estén al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social
dijo el senador del PRD, Marco Trejo.
Comentó que alrededor de cinco millones de personas están bajo el esquema de outsourcing y con esta reforma se pone mano dura a las empresas que quieran aplicar esquemas de subcontratación de manera temporal.
El senador panista, Gustavo Madero consideró que esta reforma debe tener seguimiento, especialmente si se logra la recaudación de 50,000 millones de pesos por parte del IMSS, “es ahí donde necesitamos incidir y no en cambiar solo las letras de una ley”.
De acuerdo con el dictamen, la subcontratación laboral solo se permitirá en servicios especializados y la empresa que ofrezca estos servicios deberá estar registrada ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), la cual también supervisará a las empresas.
La empresa que no permita la inspección y vigilancia sobre este esquema laboral será notificada para que comparezca y brinde toda la información requerida. Las empresas podrían ser multadas por 250 hasta 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización.
Derecho al reparto de utilidades
La ley otorga el derecho a los trabajadores a participar en el reparto de utilidades, con un monto máximo de tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, aplicándose el monto que resulte más favorable al empleado.
El trabajador tenía derecho a la repartición de la PTU sin ningún tope, el truco estaba en pasar a los trabajadores a otra empresa para no dárselos.
Ahora lo que se asume es que los patrones tienen un tope de entrega a la PTU
comentó Rolando Silva, integrante de la comisión técnica de seguridad social del Consejo de Contadores Públicos de México.
En cuanto al tiempo de tres meses para que entre en vigor, las compañías tendrán este lapso después de que entre en vigor la reforma a la ley, para cambiar a los trabajadores de un esquema de contratación a otro, comentó.
Otro aspecto que se aprobó en la ley es el esquema de contratación interna (insourcing) usado cuando la propia firma crea otra empresa con el objetivo de administrar su nómina.