SCJN avala ‘superpoder’ de la UIF para bloquear cuentas sin orden judicial
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda bloquear cuentas bancarias sin necesidad de una orden judicial o petición de un organismo internacional, en casos en los que haya indicios de terrorismo o lavado de dinero.
Con seis votos a favor y tres en contra, los ministros resolvieron un proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf que desecha una acción de inconstitucionalidad promovido por Senadores de oposición en contra del artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, reformado en 2022, ya que se trata de una sanción administrativa y que la misma ley establece un mecanismo de audiencia ante la autoridad para justificar el bloqueo de cuentas.
El proyecto concluye que el bloqueo es una medida administrativa cautelar, no penal, y que la reforma de 2022 establece un procedimiento claro y controlado, desestimando los argumentos de invalidez presentados
señaló la ministra Ortiz Ahlf.
No obstante, se agregó que previo al bloqueo de una cuenta debe haber una justificación válida y sustentada para realizar dicha acción y la autoridad no se debe amparar con algún material periodístico o de otro tipo para tal asunto.

Bloqueo de cuentas limita la propiedad privada: Esquivel Mossa
Durante la discusión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa acusó que esta medida afectará la propiedad privada y que el mismo Congreso no estableció parámetros para decidir en qué momentos y a quiénes bloquear y a quiénes no.
La norma impugnada incurre todavía en una grave deficiencia, ya que los usuarios de los servicios financieros no tienen certeza sobre cuáles son las conductas en el manejo de sus cuentas que abren la posibilidad de que se inicie una indagatoria de la UIF, cuya tarea no es la de perseguir delitos, pues esa función compete exclusivamente al Ministerio Público, sino solamente es la de verificar que el sistema financiero no ingrese en recursos de una posible procedencia ilícita
indicó la ministra Esquivel Mossa.
Aunque no lo mencionó, la togada propuso mantener el criterio que estableció el hoy ministro en retiro Eduardo Medina Mora en 2018, que el bloqueo de cuentas sea solo para cumplir con los compromisos de organismos internacionales.
Al respecto, el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía aseguró que el bloqueo de cuentas no es una medida de un procedimiento administrativo “orientado a garantizar el pago de una sanción administrativa, ni mucho menos para asegurar el cumplimiento de una obligación fiscal”.
La inclusión de personas en la lista de bloqueados tiene como único propósito suspender de manera inmediata la realización de actos, operaciones o servicios financieros relacionados con sus propios recursos, como parte de un proceder dirigido a prevenir y a ubicar conductas que pudieran favorecer, prestar ayuda o cooperación para la comisión de determinados delitos
dijo el ministro Figueroa.
No afecta a la propiedad privada, responde ministra Ríos González
Al respecto, la ministra María Estela Ríos González recordó que México firmó acuerdos internacionales en contra del lavado de dinero y terrorismo que avalan la existencia de una Unidad de Inteligencia Financiera con estas facultades y que el derecho a la propiedad privada no se limita.
Las limitaciones al derecho de la propiedad hace tiempo que ya están desconocidas, no solo a nivel nacional, sino a nivel internacional. ¿Por qué? Porque debe prevalecer una situación de equilibrio entre el interés privado que parte del derecho de propiedad, derecho de propiedad que desgraciadamente no todos disfrutan, porque no todos tienen una cuenta bancaria que pueda ser bloqueada
respondió la ministra Ríos González.
Avalan bloqueo de cuentas a empresa ligada con ‘el Mayo’
Paralelo a dicha discusión, la SCJN avaló por unanimidad el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, en relación con el bloqueo de cuentas de la empresa Fresh Packing Corp, con sede en California, Estados Unidos, cuyas cuentas fueron bloqueadas debido a que su CEO es Vicente Zambada, señalado por autoridades estadounidenses como sobrino de Ismael “el Mayo” Zambada.
La empresa estadounidense impugnó ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) que se trata de un homónimo sin relación con el narcotraficante procesado en Estados Unidos.
El asunto lo aprobaron por todos los ministros, con la modificación del abandono del criterio del ministro Medina Mora.
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