El reciente dictamen de la reforma constitucional, coloquialmente llamada ‘supremacía constitucional’, aprobado por la Cámara de Senadores y enviado a los diputados, viola los derechos humanos y vulnera a las empresas, explicaron especialistas consultados por EL CEO.
El problema es que todas las empresas del país, nacionales y extranjeras, quedan a expensas de lo que se decida para reformar la Constitución, consideró Federico Martens, consejero de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa (ANADE).
Hoy en día estamos frente a un poder público hegemónico como resultado de no sólo de las elecciones, sino de lo que pasó después y estamos en un escenario muy real donde con base en ese poder hegemónico se pueden adoptar decisiones que no serían susceptibles de control judicial y naturalmente deja vulnerables indefensas a las empresas del país,
mencionó.
Explicó que las empresas, como personas jurídicas, necesitan atenerse a las leyes de un país y cuando las empresas deciden invertir, operar y desarrollarse lo hacen en el entendido de que hay cierto ordenamiento jurídico.
Ejemplificó que si se propone eliminar del texto constitucional, esto ya bajo la reforma aprobada por los Senadores, la necesidad de indemnizar a las empresas o personas físicas como consecuencia de una expropiación ya no es revisable.
¿En qué consiste la supremacía constitucional?
El catedrático en derecho constitucional de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Juvenal Lobato Díaz, explicó que la reforma sobre la ‘supremacía constitucional’ atenta contra los medios de impugnación a la Constitución.
Los medios de impugnación a la Constitución son: el juicio de amparo, la acción de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales.
El catedrático de la UNAM explicó que el juicio de amparo es para los ciudadanos contra cualquier violación de derechos con las autoridades. Abundó que la acción de inconstitucionalidad es un mecanismo para vigilar que la Carta Magna se cumpla y que promueven los órganos políticos o las autoridades.
Mientras que las controversias son para los municipios, los entidades federativas o la Federación.
Entonces, mencionó, que en ninguno de los tres casos van a proceder cuando se trate de reformas a la Constitución por la reforma que ya aprobaron los senadores.
Con cualquiera de estos tres medios de impugnación se podría cuestionar el procedimiento legislativo que daba origen a esa reforma constitucional
señala Juvenal Lobato
El académico también considera que la reforma tuvo un origen cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuestionó si tenía las facultades para analizar el contenido de la reforma al Poder Judicial, publicada el 15 de septiembre de este año.
Supremacía constitucional viola los derechos humanos
El presidente del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México, Arturo Pueblita Fernández, afirmó que la aprobación de la ‘supremacía constitucional’ viola los derechos humanos.
Se trata de una reforma que es regresiva porque además, tenemos que tomar en consideración, que el juicio de amparo, las controversias constitucionales y las acciones de constitucional son mecanismos de protección de los derechos humanos,
consideró Pueblita.
Explicó que pretender hacer reformas a la Constitución para evitar que existan medios de defensa se convierte en un “incentivo perverso” para cualquier modificación.
Es una reforma por sí misma tiene que ver con la pérdida de derechos humanos. Los derechos humanos previstos en la propia Constitución y previstos también en los tratados internacionales suscritos.
En este sentido, explicó que las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son obligatorias para el Estado mexicano.
¿Qué es lo que sucedería si incumplen? Podrían venir sanciones por parte del acuerdo interamericano y con ello informar a organismos internacionales para que se puedan imponer restricciones al Estado mexicano.
Se cambió el puesto de Federico Martens.
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