El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó cambios en los plazos de presentación anuales, información estadística, contadores de desempeño y estudios, entre otros, sólo para las obligaciones correspondientes a 2020 debido a la pandemia de COVID-19.
El IFT consideró las solicitudes de la industria que, ante la contingencia, se enfocaron en mantener el funcionamiento de las redes y de la infraestructura empleada para dar servicios de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.
Telecomunicaciones
Para la industria de telecomunicaciones, el IFT aprobó la modificación del transitorio primero del acuerdo mediante el cual emite los lineamientos sobre la metodología, periodicidad, catálogo de claves de información y formatos electrónicos con los que los operadores entregarán información.
Los cambios tienen el objetivo de integrar el acervo estadístico del IFT, para el cual brindó un periodo adicional de 120 días naturales al plazo original.
Diversos miembros de la industria de telecomunicaciones fijas y móviles señalaron la dificultad de cumplir con los requerimientos iniciales debido a que las áreas encargadas realizan otras tareas esenciales en medio del incremento sustancial en la demanda de servicios asociada a la emergencia sanitaria.
Asimismo, el Pleno también acordó modificar las fechas de cumplimiento de dos obligaciones establecidas en la Metodología para la definición y entrega de información relativa a los Contadores de Desempeño.
Estos lineamientos fijan los índices y parámetros de calidad a que deberán sujetarse los prestadores del servicio móvil, publicada el 30 de enero de este año.
Por ello, el Pleno determinó que la entrega del reporte auditado al que se refiere la fracción II del numeral 3 de la normativa se llevará a cabo, por primera vez, dentro los primeros 10 días hábiles de enero de 2021.
Adicionalmente, los prestadores del servicio móvil que operen sus propios sistemas de gestión deberán almacenar los archivos de conservación contemplados en el numeral 7 de la Metodología a partir del 1 de enero de 2021.
Radiodifusión
Por otro lado, para el sector de radiodifusión, el Pleno también accedió a una modificación referente a la presentación de la Información técnica, legal y programática que los concesionarios de televisión abierta y de radiodifusión sonora.
Los miembros de esta industria deben presentar dicho informe habitualmente en el mes de junio de cada año, pero ante la contingencia y por única ocasión, este año se podrá presentar, a más tardar, el 31 de agosto.
Asimismo, se modificaron las fechas de presentación de los informes sobre las labores de investigación y desarrollo respecto a cuestiones de naturaleza técnica que favorezcan el mejor uso del espectro radioeléctrico, investigación de mercados.
Además de proyectos que al efecto se propongan para la introducción de las nuevas tecnologías de radiodifusión o el mejoramiento de las mismas, obligación contenida en algunos títulos de concesionarios de radiodifusión.