El decreto presidencial publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) sienta un precedente preocupante sobre la participación de la Guardia Nacional en la protección de la población, normalmente a cargo de cuerpos policiales que podría eliminar el estado de excepción en el que operan.

La Guardia Nacional se “vendió políticamente a la ciudadanía” como una fuerza civil y no militar, por lo que el apoyo de las fuerzas armadas se entendía como un estado transitorio y de excepción, situación que parece terminar con el decreto presidencial de hoy, dijo Gerardo Carrasco, Director Jurídico de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad.

La publicación de la reforma constitucional en marzo del año pasado, mediante la cual se creó la Guardia Nacional, ya establecía algunos aspectos de la forma en que las Fuerzas Armadas pudieran apoyar en algunas de las funciones del nuevo cuerpo, explicó Carrasco.

“Estamos viendo como, con fundamento en la reforma constitucional y en la Ley de la Guardia Nacional, se está dando facultades ordinarias a las fuerzas armadas para labores de policía, y a través de decreto, que es muy delicado”, advirtió el experto.

Carrasco consideró que esta acción es un retroceso a los avances que se han conseguido en esta materia en el ámbito internacional, y recordó que la Corte Interamericana de los Derechos Humanos se ha pronunciado ante la problemática de que los cuerpos militares desempeñen labores de seguridad dentro de una democracia, dado que no cuentan con la capacitación suficiente para tratar con civiles.

Además, el abogado advirtió que una modificación de esta naturaleza tendría que haber sido producto de una reforma constitucional y no de un decreto presidencial, y señaló que, a grandes rasgos, no es acorde con los principios de derecho internacional. Por estas razones estimó que podría haber algunas impugnaciones en el futuro de la ley.

En cambio, para Santiago Arroyo, abogado especialista en administración pública, la decisión no resulta tan sorpresiva y está dentro de las aptitudes de la Ley de la Guardia Nacional. Además, el presidente toma acciones que le son facultadas dentro de los artículos transitorios de la Ley.

La misma Ley de la Guardia Nacional otorga un plazo de cinco años para darle forma a la institución, presupuestaria y organizativa a la institución, explicó Arroyo. “En tanto se faculta al presidente a darle esta forma, que es lo que se está haciendo con este decreto que ya se había manifestado como una posibilidad”, dijo.

La ley podría ayudar a la Guardia Nacional a asemejarse a la Guardia Civil española o a la Gendarmería Nacional francesa: instituciones de carácter civil, pero con una formación militar y con elementos de extracción militar para funciones de seguridad.

Ninguna Ley es perfecta, señaló Arroyo, por lo que gran parte de las consecuencias de este decreto dependerán de cómo se ejecuten sus facultades, lo que puede o no ser una razón para ser pesimistas.

“No podemos estar conformes con la aprobación de normatividad confiando en que esta sea respetada. Si están emitiendo este tipo de decretos es porque los van a ejercer con toda la fuerza, y eso es bastante preocupante”, señaló Carrasco.

En noviembre pasado, la Organización de Naciones Unidas (ONU), a través del Comité de Derechos Humanos, urgió a México a desmilitarizar la Guardia Nacional.

La ONU fijó un plazo de hasta dos años para que el gobierno mexicano presente resultados a la solicitud.