La Cámara de Diputados aprobó y turnó a los senadores una modificación al artículo 29 de la Ley de Transición Energética, el cual ahora comprende la promoción de programas para la generación de electricidad con fuentes renovables dentro de los inmuebles de la administración pública.

Se trata de la última modificación menor que revela el texto final de la ley que tendrá interacción con la próxima Ley de Planeación Energética, en caso de ser aprobada.

“La Ley de Planeación en teoría establecerá las directrices de actuación y de establecimiento de programas ejecutivos de las entidades de gobierno. La Ley de Transición establece los plazos y los mecanismos para diseñar las políticas de forma directa. La primera pone las bases de fondo y la segunda de forma”, explicó Santiago Arroyo, abogado experto en el sector energético.

Una vez que sea aprobada, los alcances de la Ley de Planeación estarán limitados por las leyes de Transición Energética, de Hidrocarburos, de Industria Eléctrica, entre otras legislaciones de materia energética.

“Desde el punto de vista jurídico vamos a seguir atendiendo y obedeciendo la Ley de Transición Energética porque es la ley vigente. La planeación a corto y mediano plazo es responsabilidad de los reguladores y de los sujetos que integran el mercado. Las planeaciones y proyecciones se tendrían que ajustar independientemente de lo que diga la Ley de Planeación”, señaló Arroyo.

El objetivo de la Ley de Planeación es instrumentar al gobierno para conocer las facultades dentro de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para facilitar el reconocimiento de límites y posibles campos de acción. Diversos analistas han criticado su redacción, pues consideran que pretende aumentar la trascendencia de los secretarios de Energía más allá de los límites sexenales.

Para Arroyo, la limitada modificación que se aprobó este mes señala que, incluso el partido en el poder reconoce que mayores cambios a la Ley de Transición aumentarían el campo de acción de la Ley de Planeación, pero podrían contravenir a la misma constitución en materia de competencia económica, lo que sería entrar en un terreno peligroso.

La Ley de Planeación también tiene sus desertores. Un analista que prefirió mantenerse anónimo mencionó que existen otros instrumentos de planeación como el Programa de Desarrollo del Sector Eléctrico, y que la Ley de Planeación tiene bastantes fallos y problemas severos de redacción, que espera sean planchados por los mismos diputados o por algún juzgado, pues no se puede aprobar en su estado actual.

“Yo no sé si vaya a tener el visto bueno porque además ordena cosas que no son factibles, como por ejemplo la restitución de reservas: el petróleo existe o no existe, no es un asunto de voluntad. Yo creo que tiene muchos errores que técnicamente la hacen impracticable, más allá de que ignora el capital privado, lo que le traería problemas de constitucionalidad bastante severos”.