La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que Teléfonos de México (Telmex) no podrá participar “de manera directa o indirecta” en la comercialización de servicios como operador virtual.
La Segunda Sala del máximo tribunal resolvió este jueves que, al formar parte de un ente preponderante en el sector de telecomunicaciones, Telmex está impedida para ofrecer ese tipo de servicios, de acuerdo con el artículo 174 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión aprobada en 2013.
“El agente económico (…) declarado preponderante en el sector de telecomunicaciones o los concesionarios que formen parte del grupo económico al que pertenece el agente económico declarado como preponderante, no podrán participar de manera directa o indirecta en alguna empresa comercializadora de servicios”, establece dicho artículo.
Telmex es parte del conglomerado de Carlos Slim, América Móvil, el cual es considerado como agente económico preponderantes debido a que domina más de 50% de usuarios en México.
Por ello, cualquier subsidiaria de América Móvil se encuentra impedida para comercializar servicios móviles de voz, datos y video al usuario final.
La resolución de la SCJN se desprende de una solicitud al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitida por Telmex y Telnor en 2018 para “establecer y operar o explotar una comercializadora de servicios de telecomunicaciones”.
Ante la primera negativa del ente regulador a dicha solicitud, la empresa de Slim recurrió a un amparo, el cual fue rechazado de manera definitiva por la SCJN este jueves.