El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) autorizó modificaciones al título de concesión de CFE Telecomunicaciones e Internet para Todos, que contempla la posibilidad de que el concesionario provea servicios sin fines de lucro en algunas localidades y a población económicamente en desventaja, bajo ciertas restricciones.
Adicionalmente, el IFT reforzó las condiciones de transparencia y revisión que permitan identificar, prevenir, mitigar y en su caso corregir distorsiones a la competencia o a la neutralidad a la competencia, que pudieran surgir en los mercados como consecuencia de su participación pública.
De acuerdo con el regulador, la resolución adoptada no implica autorizar un programa social o determinar que el concesionario regale servicios de telecomunicaciones.
Actualizaciones en tecnología móvil
Y es que el 14 de febrero, en consistencia con el objetivo y naturaleza del título de concesión otorgado a CFE -TEIT, resolvió actualizar el parámetro relativo a la tecnología móvil que será considerada para definir localidades con conectividad: de 3G o superior a 4G o superior.
Además que el concesionario pueda proveer servicios, sin fines de lucro, a personas mayores de 14 años que se encuentren en Zonas de Atención Prioritaria, sujeto a que dichas zonas sean de “alta” o “muy alta marginación” y “alto” o “muy alto grado de rezago social”, o que estas personas sean parte de programas sociales no universales y dirigidos a grupos económicamente en desventaja.
Siempre que esto se realice conforme a programas y estrategias de inclusión digital universal y condicionado a que no rebasen el límite de 4 millones 242 mil 850 personas.
Con dichas condiciones impuestas por el IFT, se garantiza que CFE-TEIT provea los servicios a personas que no cuentan con recursos económicos para adquirirlos y no son parte de la demanda atendida por el mercado, ya que el límite fijado equivale al número de personas entre 14 y 65 años que se encuentran en dicha situación, conforme a datos de la ENDUTIH 2022.
Obligaciones del concesionario
En adición a lo anterior, el concesionario deberá cumplir con la obligación de presentar periódicamente una lista de precios de los servicios, las localidades donde provee servicios y el número de personas usuarias a las que provee sus servicios en cada una de esas localidades.
Así como información detallada sobre los procedimientos y condiciones bajo los cuales celebre contratos o convenios con autoridades o proveedores de servicios de telecomunicaciones con participación pública.
Además de las políticas, programas o estrategias de inclusión digital universal y cobertura universal y los programas sociales dirigidos a grupos económicamente en desventaja, conforme a los cuales CFE-TEIT provea servicios en términos de las modificaciones aprobadas.
También el número de personas usuarias a las que provee servicios, en términos del límite fijado en la modificación autorizada.
Objetivo del proyecto
El IFT concluyó que se prestarán servicios sin fines de lucro a personas que actualmente no forman parte del mercado por falta de recursos, por lo que no se identifican riesgos a la competencia y se establece un límite máximo basado en evidencia sobre el número potencial de personas a atender.
Además, desde el punto de vista jurídico no se advierte algún impedimento para realizar las modificaciones y la modificación permitirá contribuir al objetivo del artículo 6, párrafo 3 de la Constitución para garantizar el acceso a las tecnologías de la información y comunicación.
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