Las nuevas facultades que se proponen al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para hacer una mayor fiscalización a través de visitas domiciliarias en las que podrá ocupar cámaras fotográficas, celulares y grabadoras vulneran los derechos de los contribuyentes.

 Las visitas domiciliarias al interior de una empresa o donde el contribuyente genera su ingreso vulnera sus derechos a través de estos actos de fiscalización. Son facultades que hoy no se tienen y que violan un derecho o una garantía

expuso Diamantina Perales, presidenta del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP)

El Paquete Económico 2021 plantea una reforma para incorporar al primer párrafo del artículo 45 del Código Fiscal de la Federación (CFF) el uso de estas herramientas para que la autoridad fiscal pueda recabar imágenes o materiales que sirvan como evidencia de los bienes y activos que existen en el domicilio de la persona física o moral.

Esta propuesta de reforma en el CFF viola la garantía constitucional del artículo 16, donde se establece que nadie debe ser molestado en su persona, familia o domicilio, salvo que exista un mandato que se base en una causa legal, dijo la especialista en videoconferencia.

La propuesta se debe enfocar en quienes sí realizan prácticas de delitos fiscales, es decir, cuando exista la presunción o evidencia de delito, sí se deberían utilizar las herramientas digitales para mostrar evidencias de algún contribuyente, indicó Perales.

Otro aspecto que se propone en el artículo 54-A del Código Fiscal es que cuando el SAT revise los papeles del contador público autorizado para dictaminar los estados financieros de alguna empresa, deberá comparecer ante la autoridad fiscal para realizar aclaraciones que se le soliciten.

“Esto se llevará acabo sin que el contador público cuente con alguna representación legal, lo cual consideramos que se está violando el derecho de poder delegar a través de un representante que defienda el estado de derecho”.

Esquemas reportables aún sin reglas

Los asesores fiscales como contadores públicos  deberán entregar al SAT los esquemas reportables de quienes hayan recibido algún tipo de beneficio fiscal. Sin embargo, se desconocen sus reglas de carácter general y los formatos guía para dar certeza jurídica, indicó el vicepresidente fiscal del IMPC, Héctor Amaya.

 Esta medida se aprobó en el Paquete Económico del 2020, pero aún no sabemos las reglas. Este proceso comienza a partir del primero de enero, pero no conocemos las reglas,

expresó Amaya.

Los esquemas reportables contienen datos fiscales del asesor, del contribuyente y nombres de los representantes legales. También, en dichos esquema se describe información fiscal de las personas morales que formen parte del esquema reportable.

Amaya dijo que la autoridad fiscal asegura trabajar al interior de la institución para lograr todo lo que requieren los esquemas contables para que los contribuyentes cumplan.

Los contadores mencionaron que también preocupa el bloqueo de las plataformas digitales como Netflix, Uber o Cabify en caso de que tengan alguna complicación o adeudo fiscal.

“Es complicada esta regulación sería de alguna manera atentar contra el comercio internacional. Se debe reforzar las formas de recaudar y fiscalizar a la persona que está en México. Si una persona está obteniendo ingreso de un portal que está en Australia, es la que debe pagar impuestos”.

El SAT cuenta con herramientas suficientes para poder hacer una mejor fiscalización, con lo que no es necesario incluir instrumentos digitales para verificar o evidenciar información de algún contribuyente, comentaron los integrantes del IMCP.

“Si se quiere recaudar más que sea con base en el estado de derecho y encontrando mecanismos acordes al estado de derecho y no moviendo una legislación que haga que se enfoque solo en lograr una mayor recaudación”, agregó Perales.