SE e IMPI desestiman advertencias a reformas a la LFDA

Secretaría de Economía y el IMPI desestiman advertencias de ONGs a las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor

Representantes de la Secretaría de Economía (SE) y el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) dijeron, en conferencia de prensa, que se han malinterpretado las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor derivadas de la implementación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

Luego de que Cámaras de Senadores y Diputados aprobaran diversas reformas, diversas organizaciones civiles se pronunciaron en contra porque, argumentan, que atentan gravemente en contra de los derechos fundamentales de millones de personas usuarias de tecnología en México.

Desestiman advertencias

Ricardo Aranda, director general de disciplinas de comercio internacional de la Secretaría de Economía, comentó que se trata de un ajuste legislativo para proteger el derecho de autor en el entorno digital y que no tiene alcance prohibitivo. 

No será objeto de sanción al llevar a reparar nuestro celular. Cuando la Secretaría de Cultura actualice las excepciones permitidas de la ley, las preocupaciones quedarán satisfechas

 Ricardo Aranda

Por su parte, Fernando García, director de la organización civil R3D, dijo que son necesarias las excepciones que protejan a quienes eluden estas medidas de protección como investigadores de seguridad o personas que desean modificar sus dispositivos para inhabilitar la recolección masiva de datos personales.

Sin excepciones suficientes a la elusión de candados digitales, muchos podríamos ser sancionados por hacer una captura de pantalla o hacer un rip de un DVD que compramos legalmente

 dijo García en un artículo publicado por R3D

 

Aldo Fragoso, director divisional de la propiedad intelectual del IMPI, dijo que no toda elusión o evasión implica una infracción. Esto debido a las excepciones, ya que aún violando una medida, no se incurre en una infracción.

Aunque, Fragoso comentó que se tendrá que acudir al Instituto Nacional del Derecho del Autor (INDAUTOR) para, en algunos casos, aclarar si implica una infracción. 

Según Fragoso, si no se incurre en la explotación de la obra no se incurre en una infracción que amerite una multa. Además, agregó que la autoridad sólo puede sancionar a una persona después de un juicio.

¿Libertad de expresión y al acceso a la información en peligro?

Sin embargo, las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor establecen un mecanismo privado de censura en internet, conocido como “notificación y retirada”, que obliga a los proveedores de servicios en línea a remover cualquier publicación o contenido de sus usuarios cuando una persona alegue que se violan sus derechos de autor.

De acuerdo con R3D, lo anterior se puede hacer sin necesidad de que se aporte prueba alguna de dicha infracción y sin que una autoridad judicial lo ordene tras un juicio que respete las garantías del debido proceso.

Mientras que el representante del IMPI dijo que es falso que las reformas vengan a cambiar y censurar internet.

Se permite y se suma a los particulares en la defensa del derecho de autor. Se suma a la garantía de vigilar este derecho. Si no hay explotación de una obra no hay infracción

 Aldo Fragoso

R3D advierte que este mecanismo de “notificación y retirada” ha sido abusado históricamente para remover contenidos y publicaciones de interés público, lo que atenta contra los derechos a la libertad de expresión y al acceso a la información.

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