El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) y la miscelánea fiscal 2021, luego de que el Senado de la República realizara diversos cambios al proyecto que presentó el Ejecutivo el pasado 8 de septiembre.

Con 240 votos a favor, 93 en contra y cuatro abstenciones, las diputadas y los diputados aprobaron diversas modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del IVA e ISR; así como la inclusión de 33,000 millones de pesos para el Fondo de Salud para el Bienestar.

El principal cambio aprobado por los legisladores,  que había sido rechazado en el Senado de la República, es la propuesta del Ejecutivo de brindar mayores facultades al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para usar herramientas tecnológicas en las visitas domiciliarias que hiciera a contribuyentes.

Con ello, se descarta la posibilidad de que el fisco utilice cámaras fotográficas, grabadoras y celulares para tomar evidencia sobre los activos de algún contribuyente.

Los senadores criticaron que esta propuesta representaba una especie de espionaje o un “Big Brother” fiscal para el contribuyente, y que no garantizab su seguridad, respecto de la información recabada.

De tal manera que quedaron descartados las modificaciones a los artículos  45, 69 y 137 del Código Fiscal de la Federación.

Plataformas digitales, con menos retención de ISR

Otra propuesta que se modificó en el Senado de la República y que la Cámara de Diputados aprobó es la reducción de la la tasa de retención fija del ISR a las  actividades que se realicen a través de plataformas digitales como Uber, Didi, Rappi, Amazon, Mercado Libre y Airbnb entre otras.

Los servicios de transporte como Uber o entrega de servicios como Rappi tendrán una tasa de retención del ISR de 2.1%.

En tanto los servicios de hospedaje como Airbnb tendrán una retención del ISR de 4%, y respecto a la enajenación de bienes y prestación de servicios en general tendrán una retención de 1%.

Para ello, se eliminaron los cambios propuestos en el artículo 113-A de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

La propuesta que presentó el Ejecutivo sobre bloquear el acceso de internet a las plataformas digitales que no cumplan con sus obligaciones fiscales sí pasó.

 Se sancionará con una multa de 500,000 pesos a 1 millón de pesos a los concesionarios de una red pública de telecomunicaciones en México que no cumplan con el plazo máximo de cinco días con la orden de bloquear el acceso al servicio digital del proveedor.

La sanción también se aplicará cuando los concesionarios no lleven acabo el desbloqueo en el plazo que se refiere el artículo 18-H QUINTUS de la Ley del IVA.

Aclaran el  aseguramiento precautorio y acuerdos conclusivos

En materia de acuerdos conclusivos, la propuesta del Ejecutivo planteaba limitar el tiempo para que un contribuyente pudiera acudir a esta figura en caso de tener una diferencia con la autoridad fiscal.

Al final se aprobaron 20 días de tiempo para que el contribuyente puede solicitar un acuerdo conclusivo una vez que se le haya echo la notificación de un reporte o auditoria.

El aseguramiento precautorio sobre terceros tendrá una mayor regulación. Una de las críticas a esta propuesta es que se podía castigar a un contribuyente por algo que no debía. Por ejemplo, si una persona debe dinero al fisco, a su esposa o esposo le pueden embargar sus cuentas bancarias.

Donatarias, con más vigilancia por parte del SAT

La mayor regulación a donatarias tampoco se modificó desde el Senado de la República.

Según la propuesta en el CFF, se puede revocar su permiso a las donatarias en caso de que mayor parte de sus ingresos (más de 50%) se destine a fines que no tengan relación con su creación.

En su momento, Raquel Buenrostro, jefa del SAT explicó diversas razones por las que se plantearon estos candados a las asociaciones sin fines de lucro. Comentó que a varias de ellas se les encontró diversas irregularidades, como el hecho de que no tenían ni RFC.

Marco macroeconómico se quedó intacto

La carátula del marco macroeconómico con el que se calcularon los ingresos para el siguiente año quedó intacta, se aprobó tal cual lo envió el Ejecutivo.

Los ingresos para el siguiente año, se calcularon con un crecimiento del PIB de 4.60%, una inflación promedio de 3% y un tipo de cambio de 22.1 pesos el dólar.

El único cambio que se hizo al interior de la Ley de Ingresos fue la inclusión de los 33,000 millones de pesos para destinarlos al nuevo Fondo de Salud para el  Bienestar.

Este dinero se registrará en el rubro de Aprovechamientos y después la Tesorería de la Federación se hará cargo de entregárselos al INSABI.

De esta manera, para el próximo año, el gobierno contará con un ingresos por un total de 6.29 billones de pesos. De los cuales 3.53 billones de pesos provendrán de la recaudación de impuestos.

En aprovechamientos se consideran recursos por 152,458.2 millones de pesos, de los cuales 33,000 millones de pesos serán para el Fondo de Salud para el Bienestar.