La autoridad investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) determinó preliminarmente que no existen condiciones de competencia efectiva en 213 de los 220 mercados geográficos definidos para la distribución de gas licuado de petróleo (gas LP) a usuarios finales mediante plantas de distribución y pipas.
En un comunicado de prensa, el órgano antimonopolio informó que el gas LP es el principal combustible usado por las familias y negocios para cocinar, calentar agua y proporcionar calefacción en los hogares de México, el cual se adquiere de vehículos de reparto en cilindros o mediante cargas a tanques estacionarios.
La declaratoria por parte de la Cofece respecto a la distribución de gas resulta relevante, puesto que los mercados energéticos, como el del gas LP, tienen un efecto transversal en la economía, lo que implica que cuando suben sus precios, también aumentan los costos para producir otros bienes, por ejemplo, algunos alimentos, lo que impacta directamente en el poder adquisitivo de las familias, en especial las de menores ingresos.
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En particular, en el periodo comprendido entre diciembre de 2016 y abril de 2021, los distribuidores incrementaron en promedio 145% su margen de ganancia bruto a nivel nacional.
Obstáculos a la competencia
Entre los elementos identificados que inhiben la competencia destacan una concentración elevada en múltiples mercados regionales; la existencia de barreras para que potenciales competidores entren a estos mercados por los altos costos de inversión; barreras regulatorias, pues se debe cumplir con un alto número de normas y requisitos legales, para lo que se tiene que interactuar con al menos cinco autoridades.
Además, existen comisionistas y agrupaciones clandestinas y pseudo sindicatos cuyas conductas constituyen una barrera de entrada, pues inhiben o dificultan la concurrencia de distribuidores a ciertas zonas geográficas, en especial en la Zona Metropolitana del Valle de México.
Este miércoles, la Autoridad Investigadora publicó el extracto del Dictamen Preliminar de esta indagatoria (DC-001-2021) y a partir de este momento, los agentes económicos interesados en dicho procedimiento podrán presentar las manifestaciones y alegatos que consideren pertinentes a fin de que el Pleno de la Comisión emita la resolución final de este caso.
El comunicado informó que respecto al marco normativo vigente, de confirmarse el sentido de este Dictamen conforme a la falta de condiciones de competencia efectiva en la distribución de gas LP, corresponderá a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) establecer la regulación de las contraprestaciones, precios o tarifas.
Para que se pueda efectuar lo anterior, se requiere previamente de una declaratoria de ausencia de condiciones de competencia por parte de la Cofece, indicó el comunicado.