ALAI pide a Banxico y CNBV replantear regulación sobre uso de nube
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ALAI pide a Banxico y CNBV replantear regulación sobre uso de la nube para Fintech

ALAI pide a Banxico y CNBV replantear regulación sobre uso de la nube para Fintech

La Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI) hizo un llamado al Banco de México (Banxico) y a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para reconsiderar la propuesta de regulación en el uso de la nube para empresas Fintech mexicanas dedicadas a pagos electrónicos.

 Esta propuesta tendrá un efecto nocivo sobre los emprendedores Fintech en México respecto al uso del cómputo en la nube,

 expuso Sissi de la Peña, gerente regional de comercio digital y organismos internacionales de la ALAI.

La Asociación explicó que los reguladores y supervisores del sistema financiero mexicano buscan emitir una regulación que crearía un piso disparejo, especialmente en los proveedores de servicios en la nube con sede en Estados Unidos.

“Esta regulación también brindaría menos oportunidades de negocio para empresas estadounidenses y mexicanas que operan en México”.

ALAI indica que el artículo 50 impondría la obligación de residencia de datos o de un esquema multiproveedor a las Instituciones Financieras de Pago Electrónico (IFPE) que utilizan servicios de computación en la nube.

En tanto el artículo 49 establecería un modelo de autorización con un alto grado de discrecionalidad y falta de transparencia para el uso de servicios de cómputo en la nube.

Asimismo, apunta que estas disposiciones van en contra de los capítulos de comercio digital y servicios financieros del T-MEC, ya que socavan a los proveedores de servicios financieros de Estados Unidos, los cuales enfrentan procesos de aprobación inciertos de la CNBV o del Banco de México para el uso de servicios de cómputo en la nube.

¿Qué dice la propuesta?

La Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) está revisando dicha propuesta  regulatoria que tiene por objeto emitir las disposiciones de carácter general que deberán observar las Instituciones Financieras de Pago Electrónico en las siguientes materias:

  • Seguridad de la información.
  • Funcionamiento y uso de medios electrónicos, ópticos de cualquier otra tecnología, sistemas automatizados de procesamiento de datos y redes de telecomunicaciones.
  • Contratación de servicios con terceros, nacionales o extranjeros, para la prestación de servicios necesarios para la operación de las propias IFPE y la evaluación correspondiente por parte de terceros.

Mercado Libre emite queja

Mercado Libre emitió su opinión en la propuesta que está siendo revisada por la Conamer y expuso que bajo las metodologías actuales existe la arquitectura que permite asegurar los datos de los clientes, así como la segregación de funciones.

En la propuesta se insiste en que se encuentren homologados los límites para ingreso de efectivo para las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico, ya sea realizado por sí mismo o a través de comisionista, ya que esto genera confusión en las obligaciones que las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico deben cumplir y las que deben exigir de los comisionistas.

En todo caso se debe aclarar ¿cuál es el criterio para establecer las diferencias, particularmente por qué el límite diario para los depósitos a través de comisionistas al término del mes que termina siendo un total mensual aproximado de 120,000 UDIS, cuyo monto es superior al límite establecido para las IFPE que, en su caso, lo realizaren por sí mismas?, expuso Mercado Libre.

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