Las 16 alcaldías de la Ciudad de México conjuntan 16,306 inmuebles de valor cultural urbano, es decir que aportan valor histórico, artístico o patrimonial.
El Artículo 61 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano de la Ciudad de México considera que el “patrimonio cultural urbano se compone de los edificios, monumentos arqueológicos, históricos, artísticos y de aquellas zonas donde se encuentren plazas públicas, parques, bosques, nomenclatura, traza urbana, estilos arquitectónicos, esculturas y en general todo aquello que corresponde a su acervo histórico urbano, pero también son parte de este patrimonio elementos “intangibles”, es decir, tradiciones y culturas populares”.
Y aunque las 16 alcaldías cuentan con inmuebles de estas características, tres de ellas acumulan más de 12,000, son Cuauhtémoc, Miguel Hidalgo y Coyoacán
También son algunas de las alcaldías con mayor precio promedio de renta, pues incrementa el interés por una zona.
De acuerdo con información de la Secretaría de Desarrollo Urbano y de Vivienda, la clasificación de inmuebles se determina por medio de una revisión académica.
“Con visitas de campo e investigación monográfica, tanto del elemento como de la zona donde está emplazado, considerando la época, los sistemas constructivos, materiales y las características estéticas”.
Se considera que esto permite determinar y valorar qué zonas de la ciudad son viables de modificar y controlar, y así “mantener la memoria e identidad urbana arquitectónica a través de sus tejidos urbanos”.
Estos inmuebles sin embargo puede dejar de estar catalogados, por tres razones explica la dependencia
1.-Por dictamen de un Juez
2.-Si a partir de la evaluación técnica se determina que las características tipológicas, arquitectónicas, sistemas constructivos y de valores estéticos relevantes no son suficientes
3.-En caso de imprecisiones en la captura de la información