¿Qué son los lineamientos de sanciones de la CNBV? Por esto multaron a CIBanco, Intercam y Vector

¿Qué son los lineamientos de sanciones de la CNBV? Por esto multaron a CIBanco, Intercam y Vector

La CNBV cuenta con una serie de lineamientos de sanciones aplicadas a las instituciones financieras en el país y en esto se enfocan

Con las sanciones del FinCEN a CIBanco, Intercam y Vector Casa de Bolsa por su supuesta participación en lavado de dinero, ahora se dio a conocer que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) emitió multas a estos bancos por fallos en la regulación de los recursos que recaudan.

Esta decisión se conoce gracias de los “Lineamientos para la divulgación de las sanciones”, los cuales son parte de las acciones que lleva a cabo el regulador financiero. Pero, ¿de qué trata este ordenamiento?

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CIBanco e Intercam, las dudas en sus empleados
Fotoarte: Natalia Montiel

De esto van los “Lineamientos para la divulgación de las sanciones” y su impacto en la CNBV

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores emitió lineamientos para divulgar sanciones impuestas a instituciones financieras; estas se divulgaron amparadas en reformas legales publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) desde marzo de 2014, todas ellas propuestas por el expresidente Enrique Peña Nieto.

Estas disposiciones facultan al órgano regulador a informar a la ciudadanía sobre sanciones derivadas de su mandato legal, por lo que esta medida busca garantizar transparencia y fortalecer el derecho ciudadano de acceso a la información de las entidades financieras.

Los lineamientos establecen que las sanciones deberán divulgarse durante un periodo mínimo de tres años. Este plazo comienza a contar cuando la resolución administrativa quede firme y legalmente confirmada.


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Según la información publicada en la ley, estas disposiciones tienen un orden:

  • Las sanciones se publican en la página de internet de la CNBV, en un apartado específico llamado “Sanciones impuestas”.
  • Dicha información se mantiene por al menos 3 años después de que la resolución quede firme legalmente, incluso si la sanción pierde efectos.

Cada sanción debe incluir:

  • Nombre de la persona física o moral sancionada;
  • Ley o disposición infringida;
  • Tipo de sanción (pecuniaria o no pecuniaria) y monto;
  • Indicación si la infracción es grave o hay reincidencia;
  • Descripción de la conducta infractora, según catálogo elaborado por la CNBV;
  • Fecha de imposición y estado del procedimiento (firme, impugnada, o pendiente);
  • Información sobre impugnaciones y resoluciones posteriores (si la sanción quedó sin efectos o fue ratificada).

Según el apartado de la ley, estas se deben publicar el 15 del mes siguiente a la imposición o notificación, o el día hábil siguiente. El apartado de sanciones debe clasificarse en:

  • Entidades financieras
  • Personas supervisadas por la CNBV
  • Personas que realizan actividades financieras sin autorización legal.

CNBV también multa a CIBanco, Intercam y Vector Casa de Bolsa

No solo la institución estadounidense multó a CIBanco, Intercam y Vector Casa de Bolsa, ahora la CNBV emitió multas por más de 185 millones de pesos (mdp) a CIBanco, Intercam y Vector Casa de Bolsa, instituciones señaladas por el gobierno de Estados Unidos de estar implicados en casos de lavado de dinero.

De acuerdo con datos del regulador, de las 52 sanciones impuestas en junio pasado, 42 son relacionadas a fallos en materia de prevención de lavado de dinero, por un monto de 156.8 mdp.

La institución financiera, a la que CNBV impulso las multas más altas fue Intercam, con 92.1 mdp a su banco y casa de bolsa; seguido por CIBanco con 66.6 millones de pesos y Vector con 26.4 mdp.

Hacienda, ¿protege a los señalados?

Sin embargo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) señaló en un comunicado que las multas aplicadas a CI Banco, Intercam y Vector Casa de Bolsa corresponden a sanciones ya aplicadas desde el 25 de junio, antes de que estallara el caso en Estados Unidos.

El monto actualizado al cierre de junio, reportado este martes por la CNBV de acuerdo con su normatividad interna, de 185 millones de pesos, es derivado de incumplimientos en procesos administrativos, como resultado de las revisiones regulares que fueron oportunamente notificadas previo a esa fecha, en el marco de su regulación,

mencionó la SHCP en un comunicado.

A pesar de que, como señalan los lineamientos, estas sanciones corresponden a actividades referentes al crimen, Hacienda apuntó que, de contar con información contundente que pruebe actividades ilícitas de estas tres instituciones financieras, actuarán con todo el peso de la ley. 

Sin embargo, a la fecha no contamos con ninguna información en este sentido, fianliza el mensaje a medios.

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