El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se deslindó de los correos sospechosos que algunas personas dijeron haber recibido por parte de la dependencia, sin embargo, no dio más detalles sobre cómo se pudieron haber obtenido los datos de los contribuyentes,
A través de un comunicado, el organismo indicó que los mensajes no se emitieron a través del Buzón Tributario, y tampoco fueron parte de un hackeo.
En este sentido, aseguró que la seguridad y fortaleza con la cual cuentan sus sistemas “permiten garantizar que toda la información de las personas contribuyentes está salvaguardada de manera integral y no ha sido vulnerada de ninguna manera”.
El SAT informa respecto a los correos electrónicos recibidos por algunas personas contribuyentes en sus medios de contacto. pic.twitter.com/NcTfXuX2Ms
— SATMX (@SATMX) January 25, 2023
Pese a que el remitente del correo es el mismo que utiliza el SAT, y concluye con el dominio @sat.gob.mx, el organismo invita a los usuarios a verificar de quién proviene el correo.
Ante la falta de atención por parte de las autoridades, los propios usuarios y especialistas comenzaron a solicitar no abrir los correos, ya que no están relacionados con alguna devolución de impuestos, sino con una actividad de phishing.
Previamente, el SAT ya ha confirmado algunas problemáticas dentro de sus sistemas y la existencia de cuentas apócrifas y bots que se encargan de acaparar las citas.
Asimismo, como parte de las respuestas que el SAT ha otorgado a las personas que lo cuestionan sobre los correos en cuestión, la dependencia recuerda que todas las notificaciones relacionadas con la situación fiscal se realizan a través del Buzón Tributario.
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¿Cómo realizar mi devolución de impuestos?
De acuerdo con lo marcado en la ley, los contribuyentes tienen derecho a recuperar las cantidades a favor por conceptos como ISR, IVA, IEPS, entre otros, para lo cual deben realizar un trámite ante el SAT.
Para poder realizar el proceso, es necesario una e-firma vigente, la información que se va anexar en formato .zip con un peso no mayor a los 4MB, además de tener la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT), del periodo que se trate, cuando se solicite devolución del IVA.
Asimismo, es necesario contar con el archivo generado con el programa electrónico F3241, que está disponible en el portal del SAT, también se solicitará un estado de cuenta que no exceda los dos meses.
El trámite se puede hacer tanto en línea como de manera presencial y el tiempo para realizar la solicitud de una devolución de impuestos no puede exceder los cinco años que comienzan a contar a partir de la fecha en que se generó el saldo a favor o el pago, la devolución prescribe en los mismo términos.
Pasos para tramitarla en línea:
- Ingresa al portal del SAT
- Dirígete a Devoluciones y compensaciones
- Da click en Solicita tu devolución
- Después en el botón Iniciar
- Ingresa e-firma o RFC y contraseña
- Llena el formato electrónico
- Ingresa los archivos
- Firma y envía el trámite
- Guarda o imprime el acuse
- Da seguimiento a tu devolución
Para realizar el trámite de forma presencial, es necesario agendar una cita, entregar la documentación a la autoridad fiscal y recibir y conservar la forma oficial sellada.
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