SCJN declara inconstitucional prohibir uso lúdico y recreativo de la marihuana
SCJN declara inconstitucional prohibir uso lúdico y recreativo de la marihuana

SCJN declara inconstitucional prohibir uso lúdico y recreativo de la marihuana

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la declaratoria general de inconstitucionalidad de cinco artículos de la Ley General de Salud que prohíben el consumo lúdico y recreativo de la marihuana de forma absoluta.

 Hoy es un día histórico para las libertades. Después de un largo camino, esta Suprema Corte consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad para el uso lúdico, recreativo de la marihuana

dijo el ministro presidente de la corte, Arturo Zaldívar.

El proyecto de Declaratoria General de Inconstitucionalidad (DGI) presentado por la ministra Norma Lucía Piña para invalidar, con efectos generales, los artículos 235 (último párrafo), 237, 245 (fracción I), 247 (último párrafo) y 248, de la ley fue aprobado por mayoría calificada de 8 votos a favor.

El ministro presidente Arturo Zaldívar, así como los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar Morales, Norma Lucía Piña Hernández, Margarita Ríos Farjat y Javier Laynez Potisek se manifestaron por el proyecto.

En contra votaron los ministros Yassmín Esquivel Mossa, Jorge Pardo Rebolledo y Alberto Pérez Dayán.

El fallo se produjo luego de que el pasado 30 de abril venciera el plazo que el máximo tribunal había otorgado al Congreso para que emitiera una legislación al respecto.

El 10 de marzo, la Cámara de Diputados había aprobado un proyecto de ley en ese sentido. Faltaba una votación en el Senado, que ya había avalado el texto en noviembre, pero que debía retomarlo tras varios cambios en la Cámara Baja.

Ante los desacuerdos entre ambas Cámaras, la mayoría oficialista en el Senado dijo que analizaba aplazar hasta el periodo ordinario de sesiones del próximo septiembre la discusión definitiva.

La declaratoria que aprobó este lunes la Suprema Corte implica que quienes quieran usar marihuana con fines recreativos pueden solicitar un permiso a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), y que este no se los puede negar.

“Lo que había pasado en anteriores ocasiones era que la Cofepris negaba esos permisos y se tenía que tramitar un amparo”, explicó a la AFP Adriana Muro, directora de la organización de Derechos Humanos Elementa. “Con la declaratoria ya no se tiene que tramitar, automáticamente ese permiso se tiene que dar”, añadió.

Con información de AFP

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