SCJN ratifica reforma educativa de AMLO para dar prioridad a maestros normalistas en contrataciones
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la reforma educativa del expresidente Andrés Manuel López Obrador en relación con los procesos de ingreso, promoción y reconocimiento de maestros, donde se da preferencia a egresados de Escuelas Normales.
Por unanimidad de votos, los ministros aprobaron el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo relacionado a una Acción de Inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra dicha reforma, donde el ponente argumentó que la Secretaría de Educación Pública (SEP) si tiene rectoría sobre las contrataciones, lo que avala la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.
La finalidad de fortalecer a las instituciones públicas de formación docente, como ordena el artículo 3º, párrafo octavo, de la Constitución Federal, es constitucionalmente legitima, que la medida de priorizar a los egresados de dichas instituciones es idónea, pues guarda relación instrumental con esa finalidad al insertarse en estrategia nacional de mejora de las escuelas normales y en la política de revalorización del magisterio y que constituye un medio razonable dentro de la libertad de configuración legislativa del Congreso para diseñar políticas públicas educativas
señaló el ministro Espinosa Betanzo en su exposición.
Discusión del asunto
Sobre el tema, la ministra Yasmín Esquivel Mossa argumentó que es inválido que, en la aprobación de dicha reforma, el Poder Legislativo dejó un vacío normativo y que sí está previsto en la ley.
El Congreso de la Unión estableció quiénes participan en la promoción horizontal: personal docente, técnico de asesoría, técnica pedagógica de dirección de supervisión. ¿Cuál es la naturaleza del movimiento? Horizontal con incentivos sin cambio de función
explicó la ministra Esquivel Mossa.
Por su parte, el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía dijo que el que eligan a maestros normalistas egresados, tanto de escuelas normales como de la Universidad Pedagógica Nacional (UPN) es inequitativo por definición, pero está previsto en el artículo 3 de la Constitución.
El otorgamiento preferencial de plazas docentes a las personas egresadas de las escuelas normales públicas, contribuye, sin lugar a duda, a fortalecer a esos centros educativos, pues asegura su preeminencia sobre el resto de los centros formadores de maestros y maestras, cuyos egresados no tendrán un puesto de trabajo asegurado
aseguró el ministro.
Avalar reformas de AMLO
Con esta resolución, la nueva SCJN empezó el 2026 avalando una de las reformas del expresidente López Obrador aprobadas en su sexenio, en contraste con la anterior SCJN donde varias de esas leyes las declararon inconstitucionales debido a desaseos legislativos.
Para este año, la Corte tiene todavía en listas los proyectos con los que pensaba darle aval al Ejército mexicano para manejar el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) y Mexicana de Aviación, mismos que esperaban discutirse en las primeras sesiones del 2026 pero los retiraron de las listas de acuerdos.







