SCJN: proyecto de Lenia Batres permite a Condusef aplicar sanciones a despachos de cobranza

SCJN: proyecto de Lenia Batres permite a Condusef aplicar sanciones a despachos de cobranza

La SCJN validó que la Condusef sancione a bancos que no transparenten sus despachos de cobranza o incumplan con los informes de quejas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó facultades a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) para sancionar a entidades financieras que no transparenten y hagan públicos los despachos de cobranza.

Por unanimidad de votos, los integrantes de la Corte aprobaron el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, donde Mizuho Bank de México presentó una demanda por dos multas de 20,000 pesos cada una, que la Condusef le impuso, por omitir un informe relacionado a quejas por la gestión de despacho de cobranza que cuenta.

La ministra ponente indicó que, de acuerdo con el artículo 41 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, y los numerales 118, 124 y 131 de la Disposición en Materia de Registros ante la Condusef, establece la obligación de rendir un informe de queja con la gestión de despachos y que sean transparentes al respecto.

Asimismo, establece que aquellas (instituciones financieras) que no cuenten con estos despachos, deberán informarlo así y si dicha situación se mantiene sin cambios deberán llevar a cabo la validación correspondiente

señaló la ministra Batres Guadarrama.


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Precisiones de otros ministros

Durante la discusión del asunto y pese a que todos estuvieron a favor del mismo, la ministra Loretta Ortiz Ahlf aseguró que el juez de distrito omitió atender causas de improcedencia de la presidencia de la República en dicho asunto, ya que no hay oficio que la involucre en dicho agravio.

Mientras que la ministra Yasmín Esquivel Mossa calificó que el proyecto de su par “incurre en el vicio advertido en el agravio, coincidente en un estudio incompleto del planteamiento constitucional”.

Advierto que los párrafos 46 al 51 del proyecto, solamente se establece las obligaciones de las entidades financieras que contratan o no a los servicios de despachos de cobranza, previstas en el artículo 41 de la ley, y 118, 124 y 134 de la disposición, y se llega a la conclusión de que se trata de un sistema normativo que regula los deberes de esas entidades en la materia y sus sanciones por incumplimiento

dijo la ministra Esquivel Mossa.

Criterios únicos

Es la primera vez que la nueva Suprema Corte resuelve un asunto relacionado con la Condusef y los despachos de cobranza, sin entrar a fondo en sus prácticas o en otros asuntos.

Cabe recordar que el Máximo Tribunal del país acumula cerca de 106 asuntos fiscales y tributarios, que van desde cobros de impuestos del SAT hasta cuestiones normativas como las que analizaron en este tema.

Tiene pendientes aún revisar asuntos como los adeudos fiscales de Telefónica Movistar en México, el doble cobro de IVA a empresas bajo el esquema de IMMEX y la devolución de impuestos a Televisa, entre otros temas.

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