Es un hecho, el 17 de abril entró en vigor el decreto con el que se creará el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, a pesar de las manifestaciones en contra por parte de la industria de telecomunicaciones, especialistas del sector y organizaciones civiles.
La propuesta consiste en la creación de un registro de usuarios móviles asociado con datos biométricos, que en opinión de la industria y de especialistas, atenta contra la privacidad de datos y el cierre de la brecha de conectados en México.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) es la pieza clave en la creación del padrón, quien a partir de la fecha señalada tendrá 180 días naturales (seis meses) para emitir las disposiciones administrativas generales para la creación del padrón.
La propuesta de la creación de este padrón, considerada la versión renovada del fallido Registro Nacional de Usuarios de Telecomunicaciones (Renaut) del 2008, no ha sido vista con ‘buenos ojos’, por lo que se espera que se dé una oleada de amparos de distintos frentes.
Irene Levy, abogada especialista en telecomunicaciones, asegura que el padrón ‘no va a jalar’, puesto que, además de que logísticamente no es viable, las condiciones de dicho padrón implican un riesgo de desconexión para aquellos que no se registren.
Al final vamos a tener un registro mal hecho, y por lo tanto no va a servir de nada. Ni a corto plazo ni a largo plazo va a funcionar, solo tendrá al IFT ocupado y a los operadores gastando dinero
Irene Levy Mustri, abogada especialista en telecomunicaciones
En este sentido, comentó que es probable que se logre el registro de varios usuarios, y por ende, sus datos biométricos, con lo que habrán logrado parcialmente su objetivo, si no es que antes deciden no cortar las líneas móviles y que sea un asunto voluntario para los usuarios.
La creación del padrón crea una barrera para los derechos fundamentales, principalmente el derecho al acceso a las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), porque para poder ejercer ese derecho hay una nueva condición: la entrega de datos biométricos.
Además de que se debe evitar que se dé este escenario, hay otro factor esencial: el IFT es un órgano garante, como CNDH o el INE, es decir, es habilitador de derechos fundamentales que no puede concultar, comentó por su parte Jorge Fernando Negrete, socio director de Digital, Policy & Law.
“Ninguna autoridad puede, en ningún ámbito, concultar derechos fundamentales, pues de lo contrario, pueden incurrir en irresponsabilidades muy graves”, agregó.
Los especialistas emitieron sus opiniones sobre los retos del IFT en un foro organizado por la Barra Mexicana de Abogados, en donde coincidieron sobre las afectaciones en las facultades del órgano regulador y la falta de respuesta del mismo al respecto.
El decreto
El decreto publicado el 16 de abril en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dice que el IFT es el responsable de instalar, operar, regular y mantener el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil.
También está entre sus obligaciones procurar su buen funcionamiento y el intercambio de información con las autoridades competentes.
Asimismo debe establecer los procedimientos para validar la información que deba incorporarse al mismo conforme a los sistemas informáticos y procedimientos que establezca para tal efecto.