Críticas desde el gobierno, investigaciones por conflictos de interés, propuestas para nuevos integrantes…

La Comisión Reguladora de Energía ha estado al centro de la conversación pública en los últimos días. Sin embargo, para personas ajenas al funcionamiento del sector energético, las actividades de este órgano autónomo, las facultades que tienen sus comisionados y el rol que juega en la vida pública pueden ser desconocidas.

¿Qué es la Comisión Reguladora de Energía?

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) es un Órgano Regulador Coordinado en materia energética. Tiene autonomía técnica, operativa y de gestión, así como una personalidad jurídica propia y capacidad para definir el uso de sus ingresos.

Nació en 1994, en respuesta a los mandatos de la reforma a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica en 1992, que ordenaba la constitución de un Órgano Administrativo Desconcentrado de la entonces Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal.

La CRE fue diseñada para resolver cuestiones derivadas de la interacción entre los sectores públicos y privados, así como “las cuestiones derivadas de la aplicación de las disposiciones reglamentarias del artículo 27° constitucional en materia de energía eléctrica”, de acuerdo con documentos la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El artículo 27 de la Constitución enuncia que la propiedad de tierras y recursos naturales dentro del país son bienes nacionales que pueden transmitirse a los particulares. Además, señala que el país podrá regular e “imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público”.

Tras la reforma estructural al sector gasista en 1994, la Comisión Reguladora de Energía se convirtió en un órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía con la capacidad de regular los sectores de gas y electricidad.

Uno de los grandes cambios en la CRE ocurrió en 2008, durante el sexenio de Felipe Calderón Hinojosa, cuando se publicaron decretos sobre la modificación del funcionamiento del sector energético. Como resultado, el organismo obtuvo atribuciones para regular el desarrollo de actividades de la industria de los hidrocarburos y el uso de fuentes renovables de energía.

A finales del periodo de Calderón, en 2011, se publicó el primer Reglamento Interior de la CRE, en el que se estableció la estructura del órgano y se promovió su objetivo de dar transparencia y certeza sobre los procesos y funciones de los comisionados.

Tras la aprobación de la Reforma Energética en 2013, en la administración de Enrique Peña Nieto, la CRE se convirtió en la encargada de regular la entrada de nuevos jugadores al sector y definió una estructura de dos grupos de trabajo: uno en materia de electricidad y otro en materia de hidrocarburos, explica José María Lujambio en su análisis La Comisión Reguladora de energía en las reformas energéticas de 2008 y 2013.

¿Qué hace la CRE?

Dentro de las atribuciones que tiene la CRE está el fomento al desarrollo eficiente del sector energético, la promoción de competencia en el sector, la protección de los intereses de los usuarios y dar seguridad en el suministro, de acuerdo con su sitio web.

La CRE se define a sí mismo como un organismo “transparente, eficiente y altamente calificado, cuyas decisiones autónomas establecen un entorno regulatorio eficaz, participativo y confiable para el sector energético en México”.

Dentro de sus actividades está la regulación de los diferentes aspectos de la industria energética, como el transporte, almacenamiento y distribución de los combustibles y bioenergéticos. También establece las reglas del juego para la generación de electricidad.

El papel de los comisionados

El Órgano de Gobierno de la CRE, la máxima instancia de decisión del regulador, está integrado por siete comisionados que deliberan de forma colegiada y aprueban o rechazan temas por mayoría.

Dentro de los temas que se decide se encuentran la aprobación y modificación de disposiciones administrativas, la expedición de regulación asimétrica para desarrollar las actividades reguladas, la aprobación para visitas de verificación y el otorgamiento de certificados de energía limpia, explica el Reglamento Interno del regulador.

Los comisionados son propuestos en ternas por el Ejecutivo y aprobados por el Senado de la República. Sus periodos de servicio son de siete años, escalonados. Eso implica que anualmente hay una rotación en el Órgano de Gobierno.

Legalmente, solo se puede pedir la renuncia a un comisionado en caso de haber perdido sus derechos de ciudadano, estar sentenciado por algún delito doloso, desempeñar otro tipo de cargos públicos o privados e incurrir en actos de corrupción, de acuerdo con lo establecido por en el Artículo 9 de la Ley de los Órganos Reguladores.