Diputados aprueban en lo particular la Ley de Amparo; oposición denuncia retroactividad encubierta
La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular las reformas a la Ley de Amparo, promovidas por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum.
La controvertida iniciativa salió adelante con 322 votos a favor, 128 en contra y tres abstenciones pese a las acusaciones de la oposición por presunto “fraude” y promover un “efecto retroactivo encubierto”.
Después de casi 16 horas de discusión, los diputados avalaron el proyecto con tres cambios para luego devolverlo al Senado de la República y remitirlo al Poder Ejecutivo para su publicación y entrada en vigor.
El diputado de Morena, Hugo Eric Flores, fue quien presentó en tribuna la última de las 307 reservas registradas para que las reformas se apliquen a las etapas siguientes de los juicios de amparo iniciados previamente.
Posturas sobre la Ley de Amparo
Una de las modificaciones realizadas a la Ley de Amparo vino de la reserva del diputado Julio César Moreno Rivera (Morena) para modificar la fracción III del artículo 128 y cambiar el término de “interés público” por “disposiciones de orden público”.
Asimismo, eliminar la fracción V de dicho artículo, el cual señalaba “que de ejecutarse el acto se puedan causar daños de difícil reparación”, ya que el legislador señaló que dicho requisito, además de ambiguo, es incompatible con el texto constitucional y con los principios de progresividad en materia de derechos humanos.
El diputado consideró que el término interés público podría llevar a interpretaciones amplias o discrecionales que permitan al juzgador negar una suspensión bajo cualquier argumento, alegando que la petición del quejoso atenta contra el interés público.
Una modificación cosmética, según el PRI
No obstante, el diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), replicó que dicha modificación es de carácter cosmético y no lleva a la solución de los grandes problemas en materia de juicio de amparo, dejando vigente el alto grado de complejidad y el término ambiguo en esta disposición del daño significativo a la colectividad.
Por su parte, Lilia Aguilar Gil, diputada del Partido del Trabajo (PT), precisó que el interés público habla del conjunto de valores colectivos que el Estado protege y las disposiciones de orden público son aquellas normas legales imperativas que no pueden ser derogadas por la voluntad de una de las partes porque protegen principios fundamentales.
Por su parte, el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), César Israel Damián Retes, indicó que el interés público atañe al interés de la administración y del Estado, es ‘todo lo que le convenga y diga el Estado’. El legislador afirmó que aunque se modificó el dictamen de la Ley de Amparo, “es totalmente insuficiente” y aseguró que no se escuchó realmente lo que dijeron los abogados.
En peligro la esencia democrática de la Ley de Amparo
Para la diputada Silvia Patricia Jiménez Delgado, del PAN, se amplía el amparo al capricho de la autoridad y se destruye su esencia democrática, se limita el control ciudadano, no se respeta la progresividad de los derechos humanos, además de que se consolida al Poder Judicial como garante de poder público en contra de los ciudadanos.
También se aceptó la reserva de los diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja para modificar la fracción XVI del artículo 129 de la Ley de Amparo.
Se continúe con la realización de actividades o prestación de servicios que requieran de permiso, autorización o concesión emitida por autoridad federal competente, cuando no se cuente con la misma
dice la modificación propuesta por los diputados de Morena y el PT.
El diputado panista, José Guillermo Anaya Llamas, comentó que con esta reserva Morena y sus partidos aliados ‘quieren lavarse la cara’ de todo el desastre que significa la reforma a la Ley de Amparo, la cual restringe los derechos de los ciudadanos y da más poder al gobierno.
Artículo transitorio también fue modificado
Asimismo, se aceptó la reserva del diputado Flores Cervantes a fin de modificar el artículo Tercero Transitorio, por lo que la nueva redacción del transitorio es un tema de derecho procesal que deriva de una disposición constitucional, en el artículo 14.
El legislador morenista expuso que se trata de ‘poner las reglas claras’ ante el cuestionamiento de qué pasa con los asuntos de trámite cuando entra en vigencia una nueva ley. Por lo que la nueva redacción propone que los asuntos presentados posteriormente implican una distinción temporal.
Lo hecho queda bajo la ley antigua y lo que se haga después bajo la nueva
puntualizó.
Con información de Milenio
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