Si el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) quisiera quitar aquellas concesiones que estaban vigentes antes de la reforma a la Ley Minera, tendrá que hacerlo a partir de la Ley de Expropiación para evitar enfrentarse a litigios internacionales, según el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO).
Sin embargo, ese riesgo ya es muy alto, ya que el T-MEC incorpora la llamada “cláusula cremallera”, que establece que una vez que se abre la inversión a un sector, ya no es posible cerrarla.
La reforma a la Ley Minera es una rayita más en la lista de decisiones que se han tomado en los últimos años, que van en contra de la certidumbre y de un buen clima de las inversiones
mencionó Óscar Ocampo, coordinador de energía del IMCO.
La reforma energética del 2014, abrió la participación de empresas privadas al sector, la cual se quiso eliminar con la reforma eléctrica que rechazó la Cámara de Diputados.
No obstante, la reforma a la Ley Minera publicada en el Diario Oficial el miércoles pasado, tampoco deja claro qué procede cuando las empresas que tienen una concesión para explorar cualquier mineral, se encuentran de pronto en su actividad con litio.
La reforma estableció que la exploración, expropiación y aprovechamiento del litio será exclusiva del Estado.
Ocampo explicó que las empresas podrían recurrir a los tribunales y a los paneles internacionales y demandar legítimamente al Estado mexicano por incumplir con sus compromisos en los tratados comerciales.
Sostuvo que el Estado mexicano sigue perdiendo atractivo para la inversión en un momento en el que los países están compitiendo para ser atractivos y acelerar su recuperación económica post pandemia.
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Autonomía constitucional daría certeza
Las comisiones Reguladora de Energía y Nacional de Hidrocarburos (CRE y CNH) necesitan convertirse en organismos autónomos para proteger las inversiones del sector energético, que corren peligro con la recién aprobada reforma a la Ley Minera.
Para el IMCO, esta reforma generó un riesgo reputacional al sector energético, aunque no en la medida que lo hubiera ocasionado la reforma constitucional en materia eléctrica que rechazaron los diputados.
El riesgo ya está ahí, el riesgo de arbitrajes internacionales ya está ahí, y el daño reputacional ya está hecho, así que ahora básicamente habría que minimizar pérdidas
, comentó.
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La mejor manera de que el país envié al exterior una señal del compromiso con su Estado de Derecho es garantizar la autonomía plena de la CRE y de la CNH, consideró.
“Mandar el mensaje de independencia en la relación de largo plazo quizá sea la mejor forma de ser atractivos para la inversión”, declaró Ocampo.
Actualmente, la CRE y la CNH tienen autonomía de gestión, pero no constitucional, ya que operan bajo el paraguas de la administración pública federal.
La autonomía constitucional significa no ser parte de la administración pública federal, como es el caso de la Fiscalía General de la República, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), que tienen libertad para ejercer su presupuesto y procesos de selección de comisionados.
Los procesos cuentan con un comité técnico de selección y una serie de candados que impiden que las posiciones sean ocupadas por ´favoritismos”.
Daño reputacional
Aunque no se aprobó la reforma constitucional en materia eléctrica que presentó el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), hubo un daño reputacional en el sector por el hecho de buscar cambiar a los inversionistas las reglas del juego.
A ese daño, se suma la reforma a la Ley Minera, que no dejó claro si permanecerán las concesiones de exploración y explotación que estaban vigentes antes de su entrada en vigor.
La reforma eléctrica precisaba que esos permisos no se retirarían y que solo se cerraría la entrega de nuevas autorizaciones. Sin embargo, la reforma a la Ley Minera dejó fuera ese aspecto y con incertidumbre a las empresas del sector.