Los concesionarios de la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT) tienen varias reservas sobre el efecto que tendrá en la industria la victoria de la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias (AMDA) en el amparo promovido en 2017. 

El fallo a favor de la AMDA devuelve al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) la facultad para defender a las audiencias, algo que no cayó bien a los concesionarios, pues para ellos la medida supone gastos adicionales, censura, pérdida de su capacidad de autorregulación y también sobrerregulación.

“A los concesionarios nos importa la entrada en vigor de nuevos lineamientos, que no haya censura previa y que la autorregulación impere por el bien de la libertad de expresión”, dijo una fuente cercana a la CIRT que pidió el anonimato.

En ese sentido, hizo hincapié en que toda modificación técnica que se tenga que hacer generará costos y responsabilidades a los concesionarios, además de posibles sanciones en caso de que el defensor de las audiencias registre eventualmente algún fallo.

“El costo es la censura previa, es no poder ejercer libremente, son los cambios de formato en espacios informativos”, agregó.

Tras la resolución, la CIRT elaboró un documento interno de trabajo al cual EL CEO tuvo acceso, en el cual los miembros debatieron sobre lo que consideraron la intervención de la autoridad en los códigos de ética de la radiodifusión, cambios en la regulación y lineamientos.

Otra de las inconformidades de la CIRT radica en lo que consideran la pérdida de autonomía de los concesionarios al tener que reportar al IFT todo lo que respecta a la defensa de las audiencias, a pesar de que el pago de los defensores derive de las cuotas de los miembros de la Cámara.

Además, acusan que con esta medida se fortalece “la sobrerregulación a la que estamos sujetos a pesar de contar con códigos de ética y defensor de audiencias”

Por ello, consideran esencial que se establezcan lineamientos “acorde a la realidad actual que no estén en contra de la ley” porque, de lo contrario, procederán judicialmente.

Defensores aclaran

Tras la resolución a su favor, la AMDA acusó a varias publicaciones de malinterpretar el fallo y generar confusión, por lo que precisó algunos puntos.

Entre la información errónea que se publicó en algunos medios está, por ejemplo, el señalamiento de que el amparo fue presentado por funcionarios de la 4T, sin embargo, la AMDA aclaró que el amparo fue presentado en su momento por defensores de las audiencias.

Otra elemento a aclarar por parte de la Asociación no contempla la obligación del concesionario a diferenciar la información de la opinión en los contenidos, pues la resolución no revive ningún artículo derogado en 2017.

En este sentido, la AMDA recomendó que si a los concesionarios les preocupan los lineamientos de la defensa de las audiencias en 2016, podrían adelantarse a las propuestas de ajustes que consideren pertinentes y no especular.

También se habló de multas del 3% de los ingresos de los radiodifusores que incumplan con diferenciar opinión de información, lo cual no aplica porque el único artículo que hace referencia en la ley no tiene que ver con la defensa de audiencias.

La AMDA aseguró que ni la libertad de expresión ni el derecho a la información está siendo vulnerado ni se propone ningún tipo de mordaza.