La multa impuesta por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) a Telnor por 18.1 millones de pesos es resultado del incumplimiento de metas mínimas establecidas bajo reglas de la extinta Cofetel, y la segunda vez que el regulador sanciona bajo esa premisa a alguna empresa del grupo de interés económico del preponderante en telecomunicaciones: América Móvil.

Para analistas de la industria, a pesar de que la multa se impuso bajo lineamientos del regulador anterior, la existencia de Juzgados Especializados tras la reforma Telecom, así como el monto económico de las sanciones son claves tanto para la resolución en sí como para los efectos en el sector.

La primera multa se determinó en diciembre de 2018, cuando el órgano regulador impuso a Telmex una multa por 2,543 millones de pesos por el supuesto incumplimiento en las metas mínimas de calidad de servicios de enlaces dedicados entre 2011 y 2014.

En tanto, la segunda multa se determinó también por el incumplimiento en los tiempos previstos de las metas mínimas de enlaces dedicados de larga distancia nacional e internacional de 2013 y 2014. 

La multa será impugnada por la compañía para que sea revisada por el Poder Judicial

dijo la compañía a EL CEO. 

En menos de un año, América Móvil no solo buscará impugnar dos multas, sino que tendrá que enfrentar la separación funcional y la siguiente revisión bienal de las medidas de preponderancia.

En el último mes del año pasado, la empresa controlada por Carlos Slim manifestó en un comunicado que ni América Móvil ni Telmex compartían el procedimiento ni la resolución emitida por el IFT, por lo que harían valer “todos los medios legales a su alcance en contra de la misma”.

La empresa calificó la multa de más de 2,000 millones de pesos de ‘ilegal y desproporcionada’, pues en su consideración ello afectaba la certeza y seguridad jurídica en un sector necesitado de importantes inversiones para su desarrollo.

Nuevas y viejas reglas

La imposición de estas sanciones económicas por parte del IFT bajo normas de la extinta Cofetel, refleja que la justicia regulatoria ‘no es ni muy pronta ni muy expedita’, comentó Jorge Bravo, director general de Digital, Policy & Law.

Y, en efecto, que exista una nueva regulación no significa que la falta que se haya cometido previamente deba perdonarse, sino que procede bajo una regulación anterior

Pero a la vez, añadió el analista, suponiendo que la sanción quede firme después de todas las acciones legales de América Móvil para defenderse de la multa, es justamente debido a que corresponde a una regulación anterior, lo que no le va a impactar en su comportamiento a partir de la reforma.

Esto, debido a que se trata de leyes, épocas y contextos completamente distintos, aunque eso no se traduce en que el preponderante no busque defenderse en tribunales para ‘echarlas para atrás’.

Bravo comentó que si bien la resolución no se dará en un tiempo indefinido, hay un antes y un después de la reforma: los tribunales especializados, cuya cualidad les permite hallar la forma de resolver este tipo de escenarios de manera más inmediata.

En ese sentido, el experto reiteró que ahora los jueces tienen un mayor conocimiento, lo que de hecho ha provocado que varios casos regresen al IFT, resolviendo a favor de la industria.

Monitoreo y multas, necesarios

La supervisión de la calidad del servicio es necesaria porque no solo impacta a los usuarios finales, sino también a otros operadores, e incluso, es una vigilancia cuyo cumplimiento debería de revisar el órgano regulador en mayor medida, comentó por su parte Gonzalo Rojón, socio director de The Competitive Intelligence Unit (CIU).

En general, dar seguimiento a estas variables sirve para corregir las fallas que tienen los operadores en la calidad que ofrecen en el servicio, agregó el analista, por lo que las multas que la autoridad impone deben ser un incentivo para que el operador no vuelva a incurrir en faltas.

Sin embargo, en su opinión, las sanciones económicas no corresponden a la falta, debido al nivel de ingresos de Telmex y Telnor, principalmente esta segunda sanción, pues “no está generando el incentivo para que no lo vuelva a hacer”, comentó.