Fox Sports: entre la incertidumbre de la compra, la prórroga o la liquidación
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Fox Sports: entre la incertidumbre de la compra, la prórroga o la liquidación

Este 1 de noviembre se vence el plazo para que se concrete la desincorporación de Fox Sports en México, una de las condiciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para permitir la concentración entre Disney y Fox.

Sin embargo, a un dia de que se cumplan los seis meses de que fue aprobada la fusión bajo esa condición, no se conoce al o los interesados por este negocio que, en conjunto con ESPN, concentra el 80% de la audiencia de contenido deportivo.

Si bien no hay idea de quién estaría interesado en este negocio, ya hay alguien descartado para la compra: Carlos Slim Helú, quien recientemente descartó tener interés alguno en adquirir a Fox Sports en México.

Condiciones de compra

En marzo pasado, el órgano regulador estableció las medidas para la venta de Fox Sports, entre las que establecía un plazo de 6 meses, prorrogables por un periodo igual, “solo por causas justificadas”, aunque no especifica cuáles.

Salomón Padilla, vicepresidente de la Asociación de Telecomunicaciones Independientes de México (ATIM), planteó cuáles podrían ser las posibles causas que darían pie a la prórroga, al no haber sido especificadas en las medidas impuestas.

Entre las posibles razones, el abogado barajó que algunas de las ‘causas justificadas’ podrían ser la falta de compradores, el costo de Fox Sports, el desinterés por la marca o condiciones de venta no aceptadas.

Otras de las medidas impuestas el IFT estableció que, para la desincorporación, son que se tendría que nombrar a un administrador independiente, quien a partir de la fecha de cierre de la operación deberá encargarse de separar a Disney del comprador de Fox.

Asimismo, nombrar bajo la aprobación del IFT a un agente de desincorporación con el mandato de vender el negocio de forma inmediata, así como a un auditor independiente para supervisar e informar al Instituto sobre el cumplimiento de las condiciones estructurales impuestas a las partes.

Sin embargo, hasta hoy no se conoce comprador alguno.

El 1 de mayo pasado, el IFT aprobó a Mazars LLP como auditor independiente y a ING Financial Markets LLC como agente de desincorporación, aunque finalmente el regulador es la autoridad que autorizará al comprador.

La competencia

A pesar de la alta concentración, la oferta de contenido deportivo en México va más allá de ESPN y Fox Sports: TUDN, la plataforma de Grupo Televisa y Univision, Claro Sports, TV Azteca e Imagen, que abarcan distintas plataformas como la TV de paga, TV abierta e internet.

El IFT es la autoridad que dará ‘luz verde’ al eventual comprador, y verificará que la adquisición no genere efectos adversos a la competencia, conforme a la ley.

En ese sentido Sandra Rodríguez, abogada especialista en Telecomunicaciones, señaló que las garantías están determinadas en la Ley Federal de Competencia Económica, pues hay un marco legal delimitado para que se dé un proceso de sana competencia.

En opinión de la abogada, no habría una empresa de telecomunicaciones interesada en comprar el negocio, una oportunidad que, considera, está puesta para empresas de contenido, sin descartar a alguna que pueda ser de origen extranjero.

Asimismo, tampoco descarta que pueda darse un escenario de alianzas, emulando lo que ocurre en otras regiones, como Europa, para hacer una empresa de contenidos, lo que ha hecho ya Televisa con Univision, por ejemplo.

Para Rodríguez, la balanza estaría más inclinada por un interesado en una empresa de contenidos que busque fortaleza en el área de deportes a una empresa de telecomunicaciones.

Para Víctor Pavón Villamayor, presidente de Oxford Competition Economics, el Instituto debe establecer lineamientos más claros que den certeza sobre cuáles son las condiciones para la compra.

En ese sentido, comentó que si bien hay muchos tiradores, el precio será un elemento que tendrán que considerar, porque no puede ser alto.

El 1 de noviembre será determinante, pues es posible que se revele el nombre del comprador, en caso de que lo haya, o la prórroga por otros seis meses, con la correspondiente causa justificada para ello.

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