Banco de México propone elevar límite máximo en cuentas nivel 2
Por COVID-19, Banxico propone aumentar el límite máximo de depósitos para cuentas nivel 2

Por COVID-19, Banxico propone aumentar el límite máximo de depósitos para cuentas nivel 2

Banco de México propone aumentar de manera provisional el límite máximo del monto permitido de abonos mensuales en las cuentas nivel 2, actualmente fijado en 3,000 UDIS, ante las circunstancias derivadas de la pandemia de COVID-19.

La contingencia ha elevado las solicitudes de créditos de nómina y personales por parte de personas físicas, particularmente aquellas que solo son titulares de cuentas de depósitos de dinero de cuentas de ese nivel, detalló el banco central.

En medio de la pandemia, el otorgamiento de créditos por parte del gobierno federal ha motivado también que empresarios de distintos sectores se vean en la necesidad de solicitar los denominados “Créditos a la palabra”, tanto para empresas afiliadas al IMSS como informales, principalmente los pertenecientes al sector de servicios para empresas.

En un comunicado, el banco central explicó que, en particular, se contempla permitir que hasta el 31 de diciembre de este año, las instituciones depositarias puedan realizar abonos por cantidades equivalente hasta 15,000 UDIS adicionales al límite referido.

Lo anterior, únicamente en caso de que dichos abonos correspondan a la disposición de créditos de nómina o personales que esas mismas instituciones otorguen a los cuentahabientes.

Tomando en cuenta el valor de las UDIS al 15 de mayo, el límite máximo pasaría de 19,231 pesos a 96,157 pesos.

Cuentas bancarias para adolescentes

Con el objetivo de promover del sano desarrollo del sistema financiero, la protección de los intereses públicos y favorecer el buen funcionamiento de los sistemas de pagos, también propuso modificaciones a la reciente aprobación de la apertura de cuentas por parte de adolescentes mayores de 15 años sin necesidad de un representante.

En ese sentido, la entidad refirió que dichas modificaciones atienden las recientes reformas a la Ley de Instituciones de Crédito y el Código Civil Federal establecidas mediante el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 27 de marzo del presente año.

La Ley de Instituciones de Crédito confiere al Banco de México la facultad de regular mediante disposiciones de carácter general las características, nivel de transaccionalidad, limitaciones, requisitos, términos y condiciones de dichas cuentas.

En atención a esta facultad, las disposiciones propuestas incluyen:

1) La denominación de las cuentas será en pesos, moneda nacional y estarán sujetas a un límite de 3,000 UDIS para los abonos que se realicen a cada una de dichas cuentas al mes.

2) Los recursos que las instituciones reciban para abono en estas cuentas únicamente corresponderán a aquellos provenientes de programas gubernamentales y de prestaciones laborales, canalizados a través de instituciones públicas que tengan a su cargo la ejecución de los referidos programas o del patrón del adolescente, respectivamente.

3) Los abonos únicamente podrán realizarse mediante transferencias electrónicas de fondos. Como lo establece la Ley de Instituciones de Crédito, no se permite el abono de recursos en efectivo o por cualquier otro medio.

4) Las instituciones podrán realizar cargos a las cuentas correspondientes a domiciliaciones, mandatos u otras instrucciones de cargo para el pago de bienes y servicios. Sin embargo, no podrán contratar créditos, préstamos o financiamientos de cualquier tipo, con cargo a los fondos depositados en estas cuentas.

Esta propuesta tiene el fin de prever que las Cuentas Básicas de Nómina y Cuentas Básicas en general exentas del cobro de comisiones, también podrán ser abiertas a favor de los menores de edad.

Banxico recibirá comentarios a estas disposiciones por medio del portal del organismo hasta el 21 de mayo.

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