Diputados aprueban reforma que pone al sector asegurador frente al SAT

Diputados aprueban reforma que pone al sector asegurador frente al SAT

Las aseguradoras y demás contribuyentes que busquen acogerse al beneficio deberán solicitarlo antes del 31 de enero de 2026, y podrán pagar en hasta 12 parcialidades, con fecha límite al 15 de diciembre de 2026. Durante ese periodo, los procedimientos de cobro quedarán suspendidos, sin que se exija garantizar el interés fiscal.

La Cámara de Diputados aprobó la Ley de Ingresos 2026 con 352 votos a favor y 128 en contra, incorporando un régimen que permitirá al SAT exigir el pago de adeudos históricos de IVA cobrado a clientes, evitando que las aseguradoras lo acrediten como propio.

El bloque oficialista asegura que las compañías mantienen juicios fiscales por 200,000 millones de pesos. Con la reforma, el gobierno busca recuperar al menos 20,000 millones mediante acuerdos extraordinarios y poner fin a disputas acumuladas por años.

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“Actualmente la aseguradora hace suyo el pago de terceros en el caso de daños y lo presenta como propio para deducirlo; por ello, se propone que no acrediten el IVA proveniente de terceros”, explicó el coordinador de los diputados de Morena, Ricardo Monreal.

Por su parte, el diputado Carlos Alberto Puente Salas (PVEM) señaló que “es algo justo y que deben cumplir estas empresas; en ellas hay montos importantes por recuperar, que fortalecerán el Presupuesto de Egresos y permitirán enfrentar los retos del país”.

El dictamen pasó al Senado, donde será discutido como parte del Paquete Económico 2026, que debe quedar listo antes del 31 de octubre, en un esfuerzo por garantizar recaudación y certeza jurídica al sector asegurador.


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Alivio fiscal a las aseguradoras

Entre los cambios también se incluyó un artículo transitorio que permite a las aseguradoras acreditarse el IVA pagado por bienes o servicios utilizados en sus contratos, siempre que se trate de operaciones anteriores al 31 de diciembre de 2024.

El mismo transitorio otorga un estímulo fiscal adicional a contribuyentes bajo auditoría o con créditos fiscales impugnados, siempre que regularicen su situación antes del 31 de marzo de 2026 y se desistan de los medios de defensa interpuestos.

Las aseguradoras y demás contribuyentes que quieran acogerse al beneficio deberán solicitarlo antes del 31 de enero de 2026, y podrán pagar en hasta 12 parcialidades, con fecha límite al 15 de diciembre de 2026. Durante ese periodo, los procedimientos de cobro quedarán suspendidos sin exigir garantía del interés fiscal.

No obstante, el beneficio no aplica para quienes tengan resoluciones firmes, estén en los listados del artículo 69-B del Código Fiscal, tengan certificados digitales cancelados o hayan sido condenados por delitos fiscales.

Ley de ingresos busca reducir carga al SAT

El dictamen también introduce un artículo transitorio que amplía temporalmente el plazo para garantizar el interés fiscal en recursos de revocación presentados a partir de 2026, pasando a un máximo de seis meses.

Si la autoridad resuelve el recurso antes, el contribuyente deberá garantizar el interés en los 10 días siguientes. Además, el SAT podrá emitir facilidades administrativas para que las instituciones de crédito acrediten la imposibilidad práctica de cobro establecida en la Ley del ISR.

Con estos ajustes, el gobierno busca cerrar pendientes fiscales con el sector asegurador y reducir la carga litigiosa que ha enfrentado el SAT durante años, sin crear nuevos impuestos ni aumentar tasas existentes.

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