Nueva ley de movilidad va por los vehículos eléctricos, ¿necesitarás licencia para tu scooter o bici eléctrica?
El Congreso de la Ciudad de México aprobó el dictamen de reforma a la Ley de Movilidad de la capital, con lo que se buscará regular a los vehículos eléctricos que alcancen los 25 kilómetros por hora, como las bicis eléctricas y las scooters.
Con esta aprobación, la reforma busca eliminar el vacío legal que tenía la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial en el tema de la electromovilidad, con lo que ahora se formará una nueva categoría: “vehículos eléctricos motorizados”, y lo conductores tendrán que alinearse a un nuevo reglamento.
Antes de esta modificación legislativa conviven sin reglas claras, bicicletas, patines eléctricos, motocicletas y unidades improvisadas en detrimento de las personas peatones lo que generó accidentes, y ahora se regula la potencia y velocidad de estos vehículos
comentó el legislador de la CDMX Federico Chávez Semerena, del Partido Acción Nacional (PAN).
Esta reforma modifica la Ley de Movilidad de la Ciudad en las fracciones LIII, CIII, CIV y adiciona una fracción XIII Bis al artículo 9, además modifica la fracción IX del artículo 12 y el artículo 64.
Con los cambios de estos artículos también se transformó el concepto de “motocicleta” ante el reglamento de la Ciudad de México. De acuerdo con el diputado de Morena, Paulo Emilio García, se tomará como este vehículo a los que “su motor tenga una potencia continua nominal a partir de 250 watts y hasta un KW”
Nueva licencia y nuevo reglamento para vehículos eléctricos
Con la modificación al artículo 64 de la Ley de Movilidad, el conductor tendrá que contar con una licencia para conducir, previamente reglamentada por el gobierno de la ciudad, además de poseer la documentación requerida como placas y tarjeta de circulación.
La licencia dependerá de la clasificación del vehículo eléctrico, ya sea tipo A, para las unidades que pesen menos de 35 kilogramos, o la B, de entre 35 y 350 kilogramos.
Además se necesitará contar con la equipación correspondiente para salvaguardar la seguridad del conductor. Entre las prohibiciones y nuevas reglas que tendrán que acatar los dueños de vehículos eléctricos son:
- Las bici eléctricas, o cualquier otro tipo de vehículo eléctrico, no podrá circular por aceras ni exceder la velocidad
- Los conductores deberán usar casco
- Las unidades no deben de sobrepasar la carga o el número de pasajeros permitido por la CDMX
La Secretaría de Movilidad (Semovi) realizará un análisis para adaptar vialidades y dar más espacios para las personas y usuarios de este sistema de transporte personal.
Aunque la nueva Ley de Movilidad fue aprobada por el Congreso capitalino, su aplicación podría demorar un año por el plazo de 360 días que concede al Gobierno de la Ciudad de México para realizar las adecuaciones correspondientes al Reglamento de Tránsito.
Por esta razón, los detalles para el trámite de la licencia o para el nuevo reglamento de vehículos eléctricos motorizados aún no se ha divulgado por las autoridades capitalinas.
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