Una de las prestaciones laborales obligatorias en la Ley Federal del Trabajo (LFT) es el aguinaldo. Según las reglas, todos los trabajadores tendrán derecho a él; mientras que las empresas y patrones tendrán que pagarlo de manera oportuna hasta el 20 de diciembre de cada año.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) dispone de algunas herramientas que ayudarán a los trabajadores para saber qué hacer en caso de no recibir el aguinaldo antes de la fecha límite. Además, los servicios de la institución son gratuitos y están al alcance de todas las personas, incluso aquellas que no cuentan con un contrato laboral por escrito.
¿Cuánto deben pagar de aguinaldo?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo debe ser de al menos 15 días de salario del trabajador. Pero también hay un requisito para recibir esta cantidad: haber cumplido un año de servicio en la empresa o con el patrón actual.
En caso de no contar con un año de antigüedad, los trabajadores sí reciben aguinaldo, pero este corresponderá a la parte proporcional trabajada. Por ejemplo, si la persona laboró por dos meses, entonces recibirá el equivalente a tres días de trabajo por concepto de aguinaldo; o si estuvo medio año en la empresa, sería acreedor a 7.5 días laborales por la prestación.
Profedet también menciona que el pago de aguinaldo les corresponde a los trabajadores, de base, confianza, de planta, sindicalizados, por proyecto, temporada, por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores y cualquier otro que se rija por la LFT. Mientras que los trabajadores por honorarios no reciben aguinaldo.
Además, debe pagarse en dinero y moneda de curso legal, por lo que no está permitido hacerlo en especie a través de mercancías, vales o cualquier otro método; asimismo, puede depositarse por medios electrónicos, o bien, recibirse en efectivo.
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🤝 Si tienes dudas respecto al aguinaldo, te las resolvemos en la liga de nuestras preguntas frecuentes: https://t.co/J92tzuoIeZ.☎️800 717 29 42 y 800 911 78 77 pic.twitter.com/wnSPeaslVS
— Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (@PROFEDET) December 20, 2024
¿Qué hacer si no se recibe el aguinaldo el 20 de diciembre?
La Profedet ofrece servicios de orientación gratuita para todos aquellos trabajadores que tengan dudas sobre cuándo y cómo se paga el aguinaldo. Para ello, es posible acudir de manera presencial a sus oficinas centrales en la Ciudad de México o a cualquier punto del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en el interior de la República Mexicana.
De igual modo, disponen de números telefónicos (800 911 7877 y 800 717 2942) y un correo electrónico de contacto orientacionprofedet@stps.gob.mx.
La Procuraduría que defiende a los trabajadores puede brindar representación jurídica en caso de que sea necesario iniciar algún proceso legal por el incumplimiento de pagos de aguinaldo. Para ese supuesto, los asesores de la institución darán la información específica dependiendo de cada caso.
La legislación explica que las personas que no recibieron el aguinaldo el 20 de diciembre cuentan con un año adicional para iniciar un proceso de reclamación ante las instancias jurídicas competentes.
Los empleadores que no den aguinaldo de manera oportuna, podrían recibir sanciones de entre 50 y 500 veces la unidad de medida y actualización (UMA) del gobierno federal.
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